BOPV nº 207 · · Desarrollo Económico y Competitividad

ORDEN de 17 de octubre de 2013, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se convocan para el año 2013 las ayudas a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento.

El Decreto 133/2008, de 8 de julio, sobre ayudas estructurales y ambientales al sector agrario, tiene por objeto establecer la normativa marco de las ayudas para el aumento de la competitividad del sector agrario y para el establecimiento de medidas agroambientales, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y con el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El Decreto 133/2008, de 8 de julio, contempla en su artículo 2 distintas líneas de ayudas, entre las que se encuentran, concretamente en su apartado f), las ayudas a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento. Las ayudas a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento persiguen como objetivo facilitar a los agricultores y silvicultores la adaptación, mejora y gestión de sus explotaciones y contribuir a aumentar el rendimiento global de las mismas, según expresión literal de su artículo 12. El artículo 29, por su parte, regula el procedimiento de concesión de las ayudas recogidas en el mencionado artículo 12. En primer lugar, señala, la convocatoria se hará mediante Orden del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación (actual Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad). En dicha convocatoria se establecerán los plazos de presentación de solicitudes para cada uno de los ejercicios y se dará a conocer el volumen total de las ayudas que podrán concederse dentro de cada ejercicio presupuestario con cargo al FEADER y a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. En cuanto al órgano gestor de las ayudas para la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento, será, según dispone el artículo 28, la Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco. El Gobierno Vasco, mediante Orden de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, dará publicidad al volumen total de las ayudas que se concedan dentro de cada ejercicio presupuestario. En su virtud RESUELVO : Primero Objeto. Es objeto de la presente Orden: Convocar para el año 2013 las ayudas a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento previstas en el artículo 12 del Decreto 133/2008, de 8 de julio, sobre ayudas estructurales y ambientales al sector agrario. Segundo Plazo de presentación de solicitudes de las ayudas a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento. Las solicitudes de ayuda a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento se presentarán ante la Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Documentación que debe presentarse. A la solicitud de ayuda a la implantación de servicios de gestión, sustitución y ase

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