BOPV nº 203 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2013, del Director de Juventud y Deportes, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas de Euskadi la modificación de los estatutos de la Federación Vasca de Lucha y Sambo.

A la vista de la nueva redacción dada a los Estatutos de la Federación Vasca de Lucha y Sambo, inscrita en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco el 26-06-1985 con el número 5. Resultando que la Asamblea General Extraordinaria de la Federación Vasca de Lucha y Sambo, celebrada el 20 de junio de 2013, aprobó la modificación de los estatutos y que tal aprobación se ha acreditado documentalmente. Considerando que la modificación de los estatutos es conforme con los preceptos del Decreto 16/2006, de 31 de enero y de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte de Euskadi. En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen, RESUELVO : Primero Aprobar e inscribir en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación estatutaria del artículo 3 de los estatutos de la Federación Vasca de Lucha y Sambo, quedando éste redactado de la siguiente manera: Artículo 3 La Federación Vasca de Lucha y Sambo tiene su domicilio en avenida de Julián Gayarre, 48-bajo de Bilbao, C.P. 48004. Territorio Histórico de Bizkaia. Segundo Notifíquese en el plazo legal establecido. Tercero Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Cuarto Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Director de Juventud y Deportes, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, o bien, se podrá interponer contra la misma, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses desde su notificación. En Vitoria-Gasteiz, a 1 de octubre de 2013. El Director de Juventud y Deportes, JON REDONDO LERTXUNDI.

Publicación oficial en euskadi.eus