BOPV nº 202 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
ORDEN de 2 de octubre de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se declara abierto el periodo para la elección de los y las miembros del Consejo Residencial del Centro Residencial de Eibar.
Por medio del Decreto 164/2002, de 2 de julio, se creó el Centro Residencial de Eibar, con el objetivo de dotarle de una personalidad, estructura y organización propia, manteniendo su integración en el Complejo Educativo de Eibar. El artículo 16 del citado Decreto señala que el Centro Residencial de Eibar tendrá los órganos de gobierno unipersonales y colegiados que determine el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, (actualmente Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura). Asimismo, en la disposición final primera de dicho Decreto se determina que los órganos de gobierno del Centro, sus funciones y el procedimiento de elección de los mismos se regularán por Orden de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, (actualmente Educación, Política Lingüística y Cultura). La Orden de 22 de junio de 2005, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, establece el Consejo Residencial como el órgano de gobierno en el que participan los diferentes sectores que componen la comunidad educativa de dicho centro. En la citada Orden se determina también la composición del Consejo Residencial, así como el procedimiento de elección de los y las miembros del mismo. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de la mencionada Orden, los y las miembros del Consejo Residencial serán elegidos por un periodo de cuatro años y la elección de los mismos se realizará dentro del primer trimestre del curso correspondiente, en el periodo fijado por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, (actualmente Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura), debiendo el Consejero o Consejera dictar la correspondiente Orden por la que se declare abierto el periodo para la elección de los miembros del Consejo Residencial. Habiéndose producido la última elección de los y las miembros del Consejo Residencial en el curso 2009-2010, procede efectuar la renovación correspondiente en el curso 2013-2014. En su virtud, y en uso de las facultades que me han sido otorgadas, DISPONGO : Artículo 1 Se declara abierto el periodo electoral para la elección de los y las miembros del Consejo Residencial del Centro Residencial de Eibar. Artículo 2 El proceso electoral se llevará a cabo en la forma prevista en el Capítulo II de la Orden de 22 de junio de 2005, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se determinan los Órganos de Gobierno del Centro Residencial de Eibar, el procedimiento de elección de los mismos, así como la regulación de las funciones, tanto de los Órganos de Gobierno, como del profesorado de dicho Centro, (BOPV de 28 de julio de 2005). Artículo 3 El Consejo Residencial del Centro Residencial de Eibar deberá estar constituido antes del día 20 de diciembre de 2013. DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 2 de octubre de 2013. La Consejera de Educación,