BOPV nº 199 · · Medio Ambiente y Política Territorial

RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2009, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada para la actividad de fabricación de acero calibrado y trefilado promovida por Industrias Aramendi, S.L., en el término municipal de Usurbil (Gipuzkoa).

ANTECEDENTES DE HECHO : Con fecha 8 de octubre de 2007, D. Faustino Bastida Arrieta en nombre y representación de Industrias Aramendi, S.L., solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco el otorgamiento de autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la actividad de fabricación de acero calibrado y trefilado, en el municipio de Usurbil (Gipuzkoa). Tras comunicar el órgano ambiental que la solicitud de autorización debía acompañarse de la documentación señalada en el artículo 12 de la citada Ley 16/2002 de 1 de julio, con fecha 22 de octubre de 2007 Industrias Aramendi, S.L. reiteró su solicitud de autorización a la que acompañaba de la siguiente documentación técnica: Proyecto técnico para la tramitación de la Autorización Ambiental Integrada de Industrias Aramendi, S.L. (octubre 2007). Resumen no técnico para la tramitación de la Autorización Ambiental Integrada de Industrias Aramendi, S.L. (octubre 2007). Asimismo, la solicitud se acompañaba del informe municipal relativo a la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico de Usurbil emitido con fecha 5 de septiembre de 2007. En el momento de la solicitud de la autorización de referencia, Industrias Aramendi, S.L. tenía, entre otras, licencia de actividad. Asimismo, la empresa promotora disponía de la correspondiente autorización de vertido al río Oria otorgada mediante resolución del 29 de junio de 1990 de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de vertidos. Con fechas 11 de febrero de 2008 y 18 de junio de 2008, el órgano ambiental requirió al promotor que incorporara documentación adicional, complementándose el expediente el 11 de julio de 2008. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 10 de octubre de 2008, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Industrias Aramendi, S.L., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ambas con fecha 29 de octubre de 2008. Igualmente se procede al anuncio pertinente en dos periódicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco con fecha de 26 de octubre de 2008 y a efectuar la oportuna notificación personal a los vecinos colindantes. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que se ha presentado una alegación, recogiéndose en el anexo I de la presente Resolución tanto un resumen de las mismas así como las consideraciones de este órgano ambiental. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, la Dirección de Calidad Ambiental solicita el 12 de diciembre de 2008 informe al Ayuntamiento de Usurbil, al Departamento de Sanidad

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