BOPV nº 197 · · Salud
RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2013, de la Directora de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales, órgano de contratación del Departamento de Salud, de delegación en el Viceconsejero de Administración y Servicios Generales de la contratación del servicio de seguridad del edificio de la Delegación Territorial del Departamento de Salud de Bizkaia, sito en Alameda de Rekalde, n.º 39 de Bilbao.
Según el Capítulo V y la disposición adicional primera del Decreto 136/1996, de 5 de junio, por el que se aprueba el régimen de la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el artículo 12.a) del Decreto 192/2013, de 9 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento de Hacienda y Finanzas, corresponde a la Dirección de Recursos Generales la centralización o descentralización de la contratación relativa a los bienes muebles y servicios así como los procedimientos para la contratación de bienes y servicios de adquisición centralizada. En el momento actual, se considera que la contratación de manera centralizada del servicio de seguridad de los edificios de gestión centralizada de competencia de la Dirección de Recursos Generales, de los demás edificios del Departamento de Hacienda y Finanzas y de los edificios adscritos al resto de los Departamentos del Gobierno y sus Organismos Autónomos o Sociedades Públicas, contribuye a la mejora de la gestión de los servicios así como a la racionalización del gasto público. El artículo 19 del Decreto 136/1996, anteriormente mencionado, permite la extensión de las competencias de la Dirección de Recursos Generales a otros edificios distintos de los de gestión centralizada. Esta extensión se instrumentaliza por medio de convenio, previsiones específicas en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o de las fórmulas previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La fórmula apropiada para llevar a cabo de manera centralizada la contratación del servicio de seguridad en el ámbito antes señalado, es la prevista para las delegaciones de competencias en el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dispone lo siguiente: Los órganos de las diferentes Administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de aquéllas. Es por ello que, en virtud de las competencias que el artículo 6.2 del Decreto 195/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud (BOPV n.º 74, de 18 de abril de 2013), atribuye a la persona titular de la Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales cuantas funciones comprende la condición de ser, con carácter ordinario, el órgano de contratación del Departamento, sin perjuicio de las facultades que en esta materia y como órgano específico de contratación se atribuyen en este Decreto a otros órganos del Departamento. RESUELVO : Delegar en el Viceconsejero de Administración y Servicios Generales la competencia para la contratación para el año 2014-2015 del servicio de seguridad del e