BOPV nº 190 · · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad
RESOLUCIÓN de 2 de setiembre de 2013, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se desestima la solicitud de acreditación del cumplimiento de los requisitos administrativos y capacidades necesarias a la Asociación «Mundukide Fundazioa», para concurrir a las ayudas a programas, reguladas por el Decreto 57/2007, de 3 de abril.
El artículo 10 del Decreto 57/2007, de 3 de abril, por el que se regulan ayudas a programas con cargo al Fondo de Cooperación para el Desarrollo establece que, para tener acceso a la subvención, a fecha de cierre de la convocatoria de programas correspondiente, la entidad solicitante deberá contar con una resolución favorable y vigente de acreditación de los requisitos y capacidades establecidos en la sección 2.ª del Capítulo I del citado Decreto. El artículo 11 del citado Decreto establece que será la Dirección de Cooperación para el Desarrollo quien resuelva dicha solicitud de acreditación, teniendo cuenta que la misma tendrá una vigencia temporal de 36 meses a partir de su publicación. La asociación «Mundukide Fundazioa», mediante escrito dirigido a esta Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo con fecha 21 de diciembre de 2012, formuló una solicitud de acreditación para concurrir a las ayudas a programas. Analizada la documentación aportada junto con la solicitud, se constata que la asociación «Mundukide Fundazioa», no cumple con los requisitos administrativos y capacidades previstas en la citada sección 2.ª del Capítulo I. Por todo lo expuesto, RESUELVO : Primero Desestimar la solicitud de acreditación formulada por la asociación «Mundukide Fundazioa» que no cumple los requisitos administrativos y capacidades necesarias para concurrir a las ayudas a programas promovidos en el artículo 10 del Decreto 57/2007, de 3 de abril, por el que se regulan ayudas a programas con cargo al Fondo de Cooperación para el Desarrrollo. Segundo Que contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidenta de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 2 de setiembre de 2013. El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.