BOPV nº 190 · · Academia Vasca de Policía y Emergencias
RESOLUCIÓN de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias por la que se acuerda la resolución del contrato administrativo de suministros que tiene por objeto el suministro de los productos alimenticios «cereales en copos», correspondiente al Lote n.º 3 del Expediente de Contratación para el suministro de productos alimenticios: coloniales para la Academia Vasca de Policía y Emergencias (Expediente: 06/13).
Mediante Resolución de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias de fecha 18 de septiembre de 2013, se incoó Expediente de Resolución del contrato de suministros citado en el encabezamiento, adjudicado mediante Resolución de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, de fecha 9 de abril de 2013. Dicho expediente se inició a instancias del adjudicatario, mediante comunicación por escrito dirigida a la Academia Vasca de Policía y Emergencias de fecha 13 de septiembre de 2013, invocando los supuestos recogidos en el artículo 223.g) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Visto el expediente de referencia, así como el artículo 223 TRLCSP, que establece las causas de resolución de los contratos administrativos, el artículo 109 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el artículo 8.2 del Decreto 96/2010, de 30 de marzo, de Estructura de la Academia de Policía del País Vasco, el Órgano de Contratación acuerda, en base a las siguientes CONSIDERACIONES Primera Con fecha 9 de abril de 2013 se adjudicaron a la mercantil PAIR, S.L. los lotes n.º 3; n.º 4; n.º 7; n.º 12 y n.º 15 de los que estaba dividido el expediente de contratación n.º 006/13 cuyo objeto es el suministro de los productos alimenticios: coloniales para la Academia Vasca de Policía y Emergencias, formalizándose el correspondiente contrato administrativo el día 1 de junio de 2013. Segunda Mediante comunicación por escrito dirigida a la Academia Vasca de Policía y Emergencias, con fecha 13 de septiembre de 2013, el contratista manifestó su imposibilidad de suministrar los productos contenidos en el lote nº 3 de los adjudicados a la mercantil PAIR, S.L. (cereales en copos), instando al Organo de Contratación a resolver el contrato en los referente a este único lote. Tercera Mediante Resolución de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, cuyas funciones como Organo de Contratación vienen atribuidas en el artículo 8.2 del Decreto 96/2010, de 30 de marzo, de Estructura de la Academia de Policía del País Vasco, de fecha 18 de septiembre de 2013, se inició expediente de resolución del contrato administrativo de suministros formalizado entre la Academia y la mercantil PAIR, S.L., en lo concerniente al suministro de los productos alimenticios contenidos en el lote n.º 3 Cuarta De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se solicitó informe jurídico a la Asesoría Jurídica de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, emitiendo la misma informe favorable a la resolución del contrato con fecha 19 de septiembre de 2013. Quinta No estimándose por la Administración que haya lugar a la reclamación de daños y perjuicios al contratista, no es necesario el trámite de audiencia previsto en el artículo 109 RGLCAP.