BOPV nº 182 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

ORDEN de 20 de septiembre de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se modifica la Orden por la que se establecen las bases del proceso de evaluación externa Bikain-Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística y se abre el plazo de solicitud de dicho servicio de evaluación para la edición de 2013.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 53/2009, de 3 marzo, por el que se regulan el Sello de Compromiso Lingüístico-Bikain y el Certificado de la Calidad en la Gestión Lingüística, la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura dictó la Orden de 11 de abril de 2013, por la que se establecen las bases del proceso de evaluación externa Bikain-Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística y se abre el plazo de solicitud de dicho servicio de evaluación para la edición de 2013. Una vez finalizado el plazo de inscripción y verificado que todos los solicitantes cumplían los requisitos para poder optar a la convocatoria y habían presentado toda la documentación necesaria, debido a que el número de solicitantes superaba el límite máximo de 30 entidades establecido en el artículo 2.5 de la Orden de convocatoria, se dio inicio al procedimiento previsto en los artículos 8 y 9 de la Orden, al objeto de seleccionar a las entidades que recibirían el servicio de evaluación externa y de notificar a cada solicitante si había sido seleccionado o no. Teniendo en cuenta que en la convocatoria de 2013 se ha superado por primera vez a lo largo de toda la trayectoria de Bikain-Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística el número máximo (30) de entidades inscritas para el servicio de evaluación externa establecido en la citada Orden, y teniendo en cuenta que uno de los objetivos más importantes es evaluar y, en su caso, reconocer el esfuerzo realizado por las entidades solicitantes en sus correspondientes ámbitos a favor de la normalización del uso del euskera, y que la evaluación externa y, en su caso, la obtención del Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística (Bikain) es beneficioso para todas las entidades, es muy recomendable y de una gran importancia aceptar todas las solicitudes de las entidades que deseen obtener la evaluación externa, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la Orden y hayan presentado en tiempo y forma la documentación exigida en la misma. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Suprimir el párrafo 5 del artículo 2 («Destinatarios») de la Orden de 11 abril de 2013 por la que se establecen las bases del proceso de evaluación externa Bikain-Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística y se abre el plazo de solicitud de dicho servicio de evaluación para la edición de 2013. Artículo 2 Suprimir el artículo 8 («Criterios de selección de las empresas beneficiarias del servicio de evaluación externa Bikain») de la Orden de 11 abril de 2013 por la que se establecen las bases del proceso de evaluación externa Bikain-Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística y se abre el plazo de solicitud de dicho servicio de evaluación para la edición de 2013. En consecuencia, el orden de los artículos de la Orden de 11 de abril de 2013 queda como sigue: El «Artículo 9» se convierte en «Artículo 8». El «Artículo 10» se convierte en «Artículo 9». El «Artículo 11» se convierte en «Artículo 10». El «Artículo 12» se conviert

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