BOPV nº 180 · · Salud
ORDEN de 11 de septiembre de 2013, del Consejero de Salud, por la que se convocan ayudas a proyectos de investigación en salud a iniciar en el año 2013.
El Departamento de Salud tiene entre sus competencias la planificación, coordinación y fomento de la actividad investigadora dentro del campo de las ciencias de la salud, como un elemento fundamental en el desarrollo y mejora continua del sistema sanitario de Euskadi. La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica y la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, proporcionan un marco común de referencia para el fomento de la investigación sanitaria, estableciendo las condiciones para un funcionamiento más eficaz. El Departamento de Salud, a través de la Dirección de Investigación e Innovación Sanitaria, se propone el fomento de nuevas líneas de investigación y la búsqueda de nuevos nodos de profesionales que se incorporan al campo de la investigación sanitaria, planificando acciones tendentes a ello como la formación de personal investigador mediante una convocatoria propia de becas, la financiación de proyectos de investigación y participando a través de su propio personal investigador, en proyectos de investigación objeto de subvenciones publicas europeas y estatales. Las áreas prioritarias de la presente convocatoria se enmarcan en la estrategia del Departamento de Salud para esta legislatura, como son la cronicidad, vejez y dependencia, la integración de la medicina hospitalaria con la atención primaria, domiciliaria y socio-sanitaria, y el desarrollo y aplicación de nuevas tecnologías, productos y servicios al paciente. Por todo ello y teniendo en cuenta el Decreto 698/1991, de 17 de diciembre, por el que se regula el régimen general de garantías y reintegro de las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco y se establecen los requisitos, régimen y obligaciones de las Entidades Colaboradoras que participan en su gestión y el Decreto legislativo 1/1997, de 11 de noviembre (Boletín Oficial del País Vasco de 19 de enero de 1998), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden la regulación de la convocatoria y concesión de ayudas económicas a proyectos de investigación sanitaria en salud cuyo desarrollo se inicie durante el año 2013 de acuerdo con los principios de objetividad, concurrencia competitiva y publicidad. Artículo 2 Proyectos subvencionables. Los proyectos de investigación podrán ser de Investigación Biomédica, Investigación en Evaluación de Tecnologías y Servicios Sanitarios o de Investigación en Acción. A efectos de esta convocatoria se entiende como investigación biomédica la investigación básica (orientada a la enfermedad), clínica (orientada al paciente), epidemiológica, en salud pública y en servicios sanitarios, así como el desarrollo tecnológico orientado a la mejora de la salud o de los proces