BOPV nº 176 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
ORDEN de 2 de septiembre de 2013, de la consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan ayudas para la producción de materiales educativos digitales en euskera de niveles no universitarios (EIMA 2.0).
El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura lleva años fomentando la creación de materiales educativos digitales en euskera. La orden de 1 de agosto de 1983 (BOPV de 19 de agosto de 1983), al desarrollar el artículo 6 del Decreto 138/1983 de 11 de julio, establece: «El Departamento de Educación y Cultura adoptará las medidas precisas para que la enseñanza en euskera no suponga un incremento de gasto para el alumno en razón al material educativo utilizado. Para ello arbitrará los medios necesarios tendentes a garantizar de forma progresiva, en los diversos niveles educativos y para las diferentes materias, la existencia de libros escolares y demás material educativo elaborado en euskera, asegurando que su precio sea análogo al del material publicado en castellano». El Departamento creó el programa EIMA con este propósito, y, año tras año, ha ido desarrollando su trabajo a través de diferentes convocatorias. Así, se crearon las convocatorias EIMA I, II, III y IV, cada cual con su objetivo. A medida que la tecnología ha avanzado, los materiales digitales han crecido en importancia y se ha extendido su uso. El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco ha puesto en marcha el proyecto Eskola 2.0 que tiene como objetivo desarrollar en los centros educativos las posibilidades que ofrecen las TIC en los procesos de enseñanza y aprendizaje. El proyecto prevé dotar progresivamente al alumnado y a las aulas de ordenador portátil y de pizarras digitales, formar al profesorado en las TIC y estimular la elaboración de material digital Digitales Educativos. Para completar la oferta de materiales digitales a disposición de los centros educativos y en aras de satisfacer esa necesidad, se publica por tercera vez la convocatoria EIMA 2.0. Por todo ello, RESUELVO : CAPÍTULO I OBJETO DE LAS AYUDAS Artículo 1 La presente Orden tiene por objeto regular y convocar las ayudas a la producción de material educativo digital, básico o complementario, en euskera con el fin de ponerlos a disposición de la comunidad escolar. Esta convocatoria abarca aquellos materiales educativos digitales que están destinados a las enseñanzas regladas no universitarias vigentes. El objetivo principal de esta convocatoria es cubrir la falta de este tipo de material en euskera y dotar a alumnos y profesores de material educativo digital adecuado para su actividad escolar. CAPÍTULO II MATERIALES EDUCATIVOS QUE PUEDEN ACOGERSE A LA CONVOCATORIA Artículo 2 Las productoras o personas físicas que quieran acogerse a esta convocatoria tendrán que presentar materiales educativos para las siguientes áreas y etapas: a) Materiales, básicos o complementarios, para Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional. b) Materiales para trabajar la dimensión vasca del currículum. c) Materiales para la evaluación, la orientación y la atención a la diversidad. También se aceptarán materiales que permitan la medición y diag