BOPV nº 173 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
ORDEN de 23 de julio de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan subvenciones a los centros de enseñanzas musicales.
Las enseñanzas musicales han sido y son el principal referente de las enseñanzas artísticas en Euskadi por su tradicional implantación debida al especial atractivo que esta actividad ha suscitado en la ciudadanía y, muy especialmente, a la implicación que en su oferta han ejercido las Administraciones locales (Ayuntamientos). En correspondencia a la importancia social que ostentan, al esfuerzo municipal y a la responsabilidad y competencias que le son propias en la formación de los ciudadanos y ciudadanas, también la Administración Educativa, ha dedicado una especial atención y recursos a su ordenación, planificación y financiación. Por otra parte, la iniciativa privada ha cubierto, también en circunstancias y ámbitos geográficos determinados, una función de acercamiento y difusión de estas enseñanzas a la sociedad. En esta línea, la dotación presupuestaria para estas enseñanzas pretende plasmar un proceso de normalización acorde con la implantación de las mismas en el País Vasco, tanto en lo referido a su distribución espacial como al equilibrio de las enseñanzas, sus niveles y especialidades impartidas y a impartir. Dentro de los centros de enseñanza musicales, la finalidad general de las escuelas de música es ofrecer una formación práctica en música y danza de raíz tradicional y orientar y preparar para los estudios profesionales a quienes demuestren una especial vocación y aptitud. Los conservatorios y centros autorizados contribuyen ofreciendo la enseñanza reglada. Así, la presente Orden, dirigida a los centros de enseñanzas musicales, por la que se convoca a estos centros a solicitar las subvenciones correspondientes, tiene como objetivo contribuir al sostenimiento de los mismos, y, en consecuencia, al cumplimiento de los objetivos expresados. Por todo lo cual, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Convocar subvenciones para las Escuelas de Música reguladas por el Decreto 289/1992, de 27 de octubre, para los conservatorios de titularidad municipal y para centros autorizados para la financiación de los costes de personal referidos al ejercicio económico de 2013. Artículo 2 Crédito disponible. La cuantía máxima destinada a este fin será de 8.629.795,00 euros, dividida en dos líneas subvencionales, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. a) 8.359.796,00 euros para centros de enseñanza musical con financiación municipal igual o superior al 25%. b) 269.999,00 euros para el resto de los centros. Los expresados importes podrán ser modificados, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades económicas no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura y con carácter previo a la Resolución de la Convocatoria. De esta circunstancia se dará publicidad mediante Resolución de la Viceconsejera de Administración y Servicios. Artículo 3 Beneficiarios. Las subvenciones convocadas por la presente Orde