BOPV nº 167 · · Desarrollo Económico y Competitividad

ORDEN de 31 de julio de 2013, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se convocan, para el año 2013, las ayudas para la mejora del bienestar de los animales en las explotaciones ganaderas de vacuno de leche establecidas en el Decreto 100/2012, de 29 de mayo.

Con fecha 25 de junio de 2012 se publicó el Decreto 100/2012, de 29 de mayo, de ayudas para la mejora del bienestar de los animales en explotaciones ganaderas de vacuno de leche en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Esta norma tiene la finalidad de apoyar a las explotaciones ganaderas de vacuno de leche que apliquen medidas para la mejora del bienestar de los animales que implican mayores exigencias que los requisitos que ya son obligatorias en este ámbito. La presente Orden tiene por objeto convocar estas ayudas para el ejercicio 2013 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 100/2012, de 29 de mayo, que dispone que mediante Orden de la persona titular del Departamento competente en materia de agricultura y ganadería se convocarán las ayudas previstas en este Decreto en la que se abrirá el plazo de presentación de solicitudes. Dado que para acogerse a estas ayudas es preciso suscribir un contrato por un periodo mínimo de 5 años, se distingue entre aquellos solicitantes que solicitan la ayuda por primera vez y los que lo hacen en ejercicios posteriores al de la suscripción del compromiso. Por otra parte, el Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi y la Ley 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2012, permiten realizar la convocatoria de las ayudas correspondientes a este año. En su virtud, RESUELVO : Primero Convocatoria. Mediante esta Orden se convocan para el año 2013, las ayudas para la mejora del bienestar de los animal s en las explotaciones ganaderas de vacuno de leche establecidas en el Decreto 100/2012, de 29 de mayo. Segundo Presentación de solicitudes. Las solicitudes para acceder a estas ayudas estarán dirigidas al Director de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco y se presentarán bien en las Oficinas Comarcales Agrarias, bien en las dependencias del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad sitas en la calle Donostia-San Sebastián n.º1 de Vitoria-Gasteiz, o bien en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a los modelos de solicitud que figuran en los anexos de la presente Orden. Estos modelos o impresos se hallan disponibles tanto en las Oficinas Comarcales Agrarias como en la página web www.nasdap.ejgv.euskadi.net Tercero Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden. Cuarto Documentación. Quienes soliciten por primera vez acogerse a estas ayudas deberán presentar la solicitud conforme al modelo que figura en el anexo II de la presente Orden y acompañar la siguiente documentación: DNI del titular de la cantidad de referencia. En caso de expl

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