BOPV nº 154 · · Empleo y Políticas Sociales
ORDEN de 1 de agosto de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se convocan y regulan ayudas para la Formación en la Economía Social.
El compromiso de mantenimiento de la actividad formativa en economía social, esencial para este tipo de empresas, ha ajustarse, inexcusablemente, a las posibilidades presupuestarias del presente ejercicio 2013, de especial restricción financiera, por lo que el criterio objetivo de focalizar la acción pública de fomento en el ámbito universitario prioritariamente puesto en marcha en 2012, sigue vigente. A su vez, y dentro del Programa de Reactivación del Empleo 2013-2016 impulsado por el Lehendakari, se ha dado respuesta al esfuerzo por impulsar el eje 3.1 del citado Programa, que impulsa el apoyo al emprendimiento juvenil, y que en el caso de la Dirección de Economía Social se materializa en los cursos de formación y difusión de la economía social para jóvenes, así como en el Programa Junior Cooperativa, recogidos dentro de dicho eje. En dicho ámbito de formación universitaria, se ha dado un paso más, en el aprendizaje a través del emprendimiento, aprender haciendo, método de probada eficacia en otros países de nuestro entorno. En tal sentido, la experiencia de las junior empresas se ha acreditado como una opción práctica, de aplicación del conocimiento teórico, a la práctica. Por todo ello, se hace preciso, especialmente en situaciones económicas como la actual de especial dificultad de los alumnos universitarios al acceso al mercado de trabajo, adaptarlo a las formas de economía social y ponerlas en valor arropado por la experiencia universitaria y empresarial vascas sobre economía social, fomentando la creación en sede universitaria, de las junior cooperativas. Además de ello, se extiende la acción formativa subvencionada a las estructuras representativas del sector, por la eficiencia de dicha actividad formativa y mayor ámbito de difusión que supone su organización y gestión por aquellas entidades asociativas. Por otra parte, se han suprimido las previsiones de ayuda para la celebración de jornadas o congresos organizados, con carácter extraordinario, que no se prevén para el presente ejercicio, al menos con la trascendencia y significado del anterior. En su virtud, habiéndose aprobado la Ley 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, ahora prorrogados, y oído el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es la regulación y convocatoria de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, otorgará durante el ejercicio 2013 para la realización de actividades formativas en Economía Social, que se desarrollen en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Artículo 2 Actuaciones subvencionables. A los efectos de la presente Orden, se considerarán actuaciones subvencionables: Las actividades formativas consistentes en: a) Acciones destinadas a la formación específica y diferenciada en economía social, destinadas a iniciar, o perfeccionar o cualificar en general, el conocimiento s