BOPV nº 143 · · Salud
ORDEN de 3 de julio de 2013, del Consejero de Salud, por la que se convocan ayudas dirigidas a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que desarrollen sus actividades en el País Vasco y que estén orientadas a la prevención y control del VIH/sida.
Las actividades desarrolladas por las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que desarrollan sus actividades en el País Vasco en el campo del VIH/sida han sido, junto a las llevadas a cabo desde las Administraciones Públicas, instrumentos imprescindibles en el esfuerzo común de prevenir la transmisión de esta infección y de mejorar la situación de las personas ya portadoras del virus. En este contexto, el Departamento de Salud viene destinando una partida presupuestaria para subvencionar a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que desarrollen sus actividades en el País Vasco y que promuevan proyectos de control y prevención de la infección producida por el VIH. En esta convocatoria, se quiere seguir potenciando la posibilidad de que las entidades interesadas puedan realizar toda la tramitación que requiere este programa de ayudas de forma telemática, mediante la incorporación de un procedimiento que lo posibilite, de conformidad con: el Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica; la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma electrónica, modificada por la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información; la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre por el que se desarrolla la misma; el Decreto 72/2008, de 29 de abril, de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos; la Resolución de 9 de febrero de 2006, de la Directora de Informática y Telecomunicaciones, aprobando el documento que establece la Plataforma Tecnológica para la E-Administración Platea. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Ámbito y objeto. Se convocan ayudas dirigidas a las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que desarrollen sus actividades en el País Vasco, para el desarrollo durante 2013 de actuaciones de prevención y control de la infección por VIH en la población general y en los colectivos más vulnerables a la infección. Se considerarán prioritarios los proyectos de intervención dirigidos al colectivo de hombres que tienen sexo con hombres, dada la actual relevancia epidemiológica del VIH en dicho colectivo. Asimismo se tomarán en consideración proyectos dirigidos a otros colectivos también vulnerables en relación al VIH tales como personas inmigrantes, personas usuarias de drogas por vía parenteral y personas que ejercen la prostitución; así como proyectos orientados al diagnóstico precoz de la infección por VIH. Artículo 2 Importe. El importe total destinado a financiar las subvenciones convocadas por la presente Orden no podrá superar la cantidad de trescientos mil (300.000) euros). Artículo 3 Entidades beneficiarias. Se considerarán beneficiarias las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que desarrollen sus actividades en el País Vasco, que se propongan realizar y efec