BOPV nº 141 · · Desarrollo Económico y Competitividad
RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2013, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se renueva la designación a Laboratorio de Ensayos Metrológicos, S.L. de organismo autorizado de verificación metrológica, de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, hasta 150.000 kg de alcance máximo.
Ref.: 01-OV-1008 ANTECEDENTES DE HECHO Primero Con fecha 28 de noviembre de 2012, D. José Antonio Pérez en representación de la empresa Laboratorio de Ensayos Metrológicos, S.L., con domicilio comercial en c/ Urartea 15 A, Edificio URA de Vitoria-Gasteiz solicita sea renovada la designación de organismo autorizado de verificación metrológica, de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático. Segundo Con fecha de 7 de abril de 2011, la Resolución de la Directora de Administración y Seguridad Industrial, modificó el alcance y las condiciones de la designación de 25 febrero de 2010 a favor de Laboratorio de Ensayos Metrológicos, S.L. como organismo autorizado de verificación metrológica, de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, hasta 150.000 kg de alcance máximo. Tercero Para la renovación de la designación como organismo autorizado de verificación metrológica, la entidad solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Resolución de 29 de noviembre de 2007, de la Secretaria General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2007, de 26 de noviembre, para la designación de organismos autorizados de verificación metrológica. A tal efecto, se ha presentado Certificado de Acreditación OC-I/118 emitido por ENAC, acompañado del anexo Técnico, Rev. 4 de 29-07-2011, que incluye los instrumentos Clase I m ( 30 kg y n ( 500.000; Clase II m ( 3.000 kg; Clase III, IIII m ( 60.000 kg; Clase III, IIII 60.000 kg < m ( 150.000 kg, por lo que procede efectuar la renovación de designación solicitada. Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS El artículo 11 del Decreto 38/2001, por el que se establecen los medios para la ejecución del control metrológico en la CAPV, especifica que el órgano competente en materia de industria podrá habilitar a entidades de verificación metrológica para el desempeño de las funciones de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica. La Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en el artículo 13 del Decreto 190/2013, de 9 de abril (BOPV 24-04-13), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad. La legislación básica reguladora del control metrológico de los instrumentos de medida está constituida por la Ley 3/1985, de Metrología, modificada por Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio, Ley 13/1996, de 30 de diciembre y Ley 66/1997, de 30 de diciembre, el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida y la citada Resolución de 29 de noviembre de 2007. La Orden de 27 de abril de 1999 del Ministerio de Fomento, por la que se regula el control metrológico del Estado, sobre los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático. La Orden