BOPV nº 136 · · Empleo y Políticas Sociales
ORDEN de 8 de mayo de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, de declaración del Casco Histórico de Alegia como Área de Rehabilitación Integrada.
El artículo 17 del Decreto del Gobierno Vasco 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de Rehabilitación del Patrimonio Urbanizado y Edificado, establece como requisitos para la declaración de un conjunto como Área de Rehabilitación Integrada, tanto la publicación del correspondiente acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial de Rehabilitación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico correspondiente, como la constitución de una Sociedad Urbanística de Rehabilitación por las Corporaciones Locales afectadas. En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 23 de julio de 2012 se ha publicado la Orden Foral de 26 de junio de 2012 dictada por el titular del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio sobre la aprobación definitiva del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Alegia. En el Boletín Oficial del País Vasco de 6 de febrero de 2013 se ha publicado el anuncio relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Alegia. En virtud del artículo 17.2 y previa presentación por el Ayuntamiento de Alegia de una memoria explicativa del funcionamiento de la gestión de dicha Área de Rehabilitación Integrada, el Consejero de Empleo y Políticas Sociales, admite expresamente que no es precisa la constitución de una Sociedad Urbanística de Rehabilitación. Se desprende de todo ello que concurren, en relación con el Casco Histórico de Alegia, los requisitos exigidos por el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, para proceder a la declaración de tal conjunto como Área de Rehabilitación Integrada. Vista la legislación aplicable, DISPONGO : Declarar el Casco Histórico de Alegia como Área de Rehabilitación Integrada de acuerdo con la delimitación que figura en el plano anexo a la presente Orden y que viene recogida como Delimitación del Área de Rehabilitación Integrada en el Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Alegia. Contra la presente Orden cabe interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes ante el Consejero de Empleo y Políticas Sociales o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de ésta. En Vitoria-Gasteiz, a 8 de mayo de 2013. El Consejero de Empleo y Políticas Sociales, JUAN MARÍA ABURTO RIQUE. (Véase el .PDF)