BOPV nº 127 · · Desarrollo Económico y Competitividad

RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2013, de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas, dentro del marco fijado en la Orden que regula el programa de apoyo a la modernización de las empresas turísticas, para el ejercicio 2013.

La Orden de 27 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, regula el programa de apoyo a la modernización de las empresas turísticas (BOPV n.º 154, de 16 de agosto de 2011). Los créditos destinados a la concesión de las citadas ayudas han de sujetarse al régimen de prórroga establecido por el Título IX del Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi y se regula el régimen presupuestario aplicable a las Fundaciones y Consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. De conformidad a lo establecido en el artículo 8 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas, que en el mismo se recogen, para el ejercicio 2013, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria, para el ejercicio 2013, de las ayudas previstas en la Orden de 27 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, que regula el programa de apoyo a la modernización de las empresas turísticas. Para este fin se destinará un total de 300.000 euros según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en la Ley 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2012, prorrogado para el ejercicio 2013. El volumen total de las ayudas a conceder no superará la citada consignación o la que resulte de su actualización, en el caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, y en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad y con carácter previo a la resolución de las mismas. De esta circunstancia se dará publicidad mediante resolución de la Viceconsejera de Comercio y Turismo. Artículo 2 Requisitos. Las entidades solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 27 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, que regula el programa de apoyo a la modernización de las empresas turísticas, deberán reunir los requisitos y condiciones para el acceso a las mismas, de conformidad con lo establecido en la Orden de referencia. La realización de las solicitudes, requerimientos, notificaciones y demás gestiones implicadas se efectuará por medios electrónicos, siguiendo lo establecido en el artículo 9.1 de dicha Orden, de conformidad con el Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica (BOPV n.º 50, de 9 de marzo de 2012), el Decreto 72/2008, de 29 de abril, de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus

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