BOPV nº 124 · · Desarrollo Económico y Competitividad

RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2013, del Delegado Territorial en Bizkaia del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se convoca para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por la instalación de la «Modificación de la línea eléctrica a 132 kV (DC), Abadiano-Basauri 1 y 2, en los términos municipales de Abadiño, Durango, Iurreta, Amorebieta-Etxano y Bedia».

Ref.: L-7700 ASS/SM. Exp: 48-AT-H-2011/105. Por resolución de fecha 24 de enero de 2013, del Director de Energía y Minas, del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, se procedió a la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica de referencia citada. De conformidad con lo previsto en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, la declaración de utilidad pública lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación de los mismos a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. En su virtud, el Delegado Territorial de Bizkaia, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 citada, ha resuelto convocar a los propietarios y titulares de los bienes y derechos que figuran en la adjunta relación, para que en el día y hora señalado y previa personación en los Ayuntamientos de Abadiño, Durango, Iurreta, Amorebieta-Etxano, Bedia e Izurtza, se proceda al levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados, y si procediera, el de la ocupación definitiva. Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derecho, o intereses sobre los bienes afectados deberán acudir personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución, pudiéndose acompañar de un perito o un notario si lo estima oportuno. El levantamiento tendrá lugar el día y hora que figura en la relación adjunta, comunicándose a cada titular mediante el envío de cédula de citación en que se señale lugar, día y hora, procediéndose así mismo a las demás publicaciones establecidas en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, los interesados y las personas que siendo titulares de derechos reales o económicos que se hayan podido omitir en la relación publicada, podrán formular por escrito en las dependencias de la Delegación Territorial de Bizkaia, sita en General Concha, 23-1.º. 48010 Bilbao, hasta el día señalado para el levantamiento de las Actas Previas, cuantas alegaciones estimen oportunas y a los solos efectos de subsanar los posibles errores en que se haya podido incidir al relacionar los bienes y derechos que se afectan. Asimismo, se hace constar que, a tenor de lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la norma segunda del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el presente anuncio servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos respecto de

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