BOPV nº 124 · · Lehendakaritza
RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2013, de la Secretaria General de Acción Exterior, de modificación de la resolución por la que se convocan subvenciones a Centros Vascos-Euskal Etxeak para el año 2013.
Mediante Resolución de 4 de diciembre de 2012, del Secretario General de Acción Exterior, se convocaron subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak para el año 2013, donde se fijaron los recursos destinados a dicha convocatoria. Dado que de la citada Resolución fue objeto de tramitación anticipada, en el párrafo segundo de su resuelvo cuarto, se señalaba que la resolución del procedimiento y la concesión de las ayudas que se convocaban quedaba supeditada a la previa existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2013. En ese sentido, tras la prórroga presupuestaria de 2013 y teniendo en cuenta los criterios de reducción de gasto aplicables en Lehendakaritza, procede ajustar los importes inicialmente previstos para Capítulo IV y suprimir, para la presente convocatoria, las subvenciones en Capítulo VII, así como modificar aquellos otros contenidos de la Resolución inicial vinculados al ajuste de importes que se plantea. Por otro lado, mediante el Decreto 187/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, se establece que la resolución de las convocatorias de subvenciones en materia de acción exterior corresponde a los Directores y Directoras competentes en razón de la materia. En su virtud, RESUELVO : Primero Suprimir el párrafo 2 del resuelvo tercero de la Resolución de 4 de diciembre de 2012, del Secretario General de Acción Exterior, por la que se convocaron subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak para el año 2013. Segundo Modificar el párrafo 4 del resuelvo tercero de la Resolución de 4 de diciembre de 2012, del Secretario General de Acción Exterior, por la que se convocaron subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak para el año 2013, que queda redactado del modo siguiente: El importe máximo de las subvenciones concedidas por Capítulo IV será de 30.000 euros. Este importe máximo no será de aplicación para las federaciones de centros vascos. Tercero Modificar el párrafo 1 del resuelvo cuarto de la Resolución de 4 de diciembre de 2012, del Secretario General de Acción Exterior, por la que se convocaron subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak para el año 2013, que queda redactado en los siguientes términos: El importe global de los recursos económicos destinados a la presente convocatoria, procedentes de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco prorrogados para 2013, asciende a la cantidad de setecientos cuarenta y dos mil trescientos siete (742.307) euros, distribuyéndose del modo siguiente: Para Capítulo IV: 556.730 euros, crédito de pago y 185.577 euros, crédito de compromiso. Cuarto Suprimir el párrafo 2 del resuelvo cuarto de la Resolución de 4 de diciembre de 2012, del Secretario General de Acción Exterior, por la que se convocaron subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak para el año