BOPV nº 123 · · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo

RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2013, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación del Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por el que se asignan recursos económicos destinados a la financiación, en el año 2013, de las ayudas previstas en el Capítulo II del Decreto 327/2003, de 23 de diciembre, sobre recursos formativos al servicio de la inserción laboral.

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 17 de junio de 2013, ha procedido a asignar los recursos económicos destinados a la financiación, en el año 2013, de las ayudas previstas en el Capítulo II del Decreto 327/2003, de 23 de diciembre, sobre recursos formativos al servicio de la inserción laboral, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado p) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en su sesión de 17 de junio de 2013, por el que se asignan recursos económicos destinados a la financiación, en el año 2013, de las ayudas previstas en el Capítulo II del Decreto 327/2003, de 23 de diciembre, sobre recursos formativos al servicio de la inserción laboral, recogido como anexo a esta Resolución. Segundo Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo del que se da publicidad surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo que se publica podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 19 de junio de 2013. El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, ADOLFO ALUSTIZA FERNÁNDEZ. ANEXO ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO, POR EL QUE SE ASIGNAN RECURSOS ECONÓMICOS DESTINADOS A LA FINANCIACIÓN, EN EL AÑO 2013, DE LAS AYUDAS PREVISTAS EN EL CAPÍTULO II DEL DECRETO 327/2003, DE 23 DE DICIEMBRE, SOBRE RECURSOS FORMATIVOS AL SERVICIO DE LA INSERCIÓN LABORAL El objeto del Capítulo II del Decreto 327/2003, de 23 de diciembre es la regulación de las subvenciones destinadas a financiar las acciones formativas al servicio de la inserción laboral de las personas demandantes de empleo atendidas en las oficinas de empleo de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y la red de servicios de orientación, con objeto de dotar a los desempleados y desempleadas con especiales dificultades de inserción laboral, de herramientas que mejoren su capacitación profesional y su posición en el mercado laboral. Lanbide-Servicio Vasco de Empleo es el organismo autónomo competente para la gestión de los programas de empleo, de formación para el empleo y de fomento del autoempleo y creación de empresas en la Comunidad Autó

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