BOPV nº 121 · · Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute

RESOLUCIÓN, de 6 de junio de 2013, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se establece el régimen para la concesión de subvenciones a galerías de arte de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el alquiler de stands en ferias internacionales de arte.

La Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute Etxepare (en adelante IVE) dispone en el artículo 3.b) que dicho Instituto tiene como fin: «Contribuir a dar a conocer y difundir en el exterior la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión, promoviendo en especial la cultura creada en euskera». Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 88/2008, de 13 de mayo de 2008, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del IVE, corresponde a dicho Instituto la difusión y promoción de la cultura vasca fuera de la Comunidad Autónoma Vasca. Dicho decreto establece en su artículo 19.2 que el área de Promoción de la Cultura Vasca abarca los ámbitos de la música, las artes escénicas, el cine, la arquitectura y el diseño. Por otro lado, el apartado f) del citado artículo establece que entre las funciones del IVE se encuentra el diseño de programas de ayuda para los agentes culturales con el objetivo de dar a conocer la creación vasca en la escena internacional. Por todo lo expuesto, de conformidad con las competencias de actuación del IVE, se ha considerado interesante establecer el procedimiento para la adjudicación de subvenciones para apoyar la participación en ferias internacionales de artes plásticas y visuales de carácter mercantil. En virtud de lo cual RESUELVO : CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución la regulación del régimen de concesión de subvenciones a galerías de arte ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco para el alquiler de stands en ferias internacionales de arte que se celebren durante el año 2013 con objeto de difundir la obra de artistas vascos. Artículo 2 Recursos económicos. El importe global destinado a estas subvenciones es de cuarenta y dos mil (42.000) euros. Artículo 3 Personas o entidades beneficiarias. Las personas o entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas por la presente resolución deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Ser persona física o jurídica privada con sede social y domicilio en la Comunidad Autónoma Vasca. b) Estar dado de alta a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes en el epígrafe correspondiente a la actividad de compra-venta de obras de arte del impuesto de actividades económicas. No se admitirán las solicitudes de entidades privadas de capital mayoritariamente público, fundaciones y aquéllas con carácter de «comunidad de bienes», ni tampoco aquellas asociaciones que no guarden relación directa con la compra-venta de obras de arte. No podrán concurrir a las subvenciones objeto de la presente convocatoria aquellas personas físicas o jurídicas sancionadas administrativa o penalmente con la imposibilidad de acceso a ayudas públicas o aquéllas que se encuentren afectadas por prohibición legal que las inhabilite para ello, incluidas las sancionadas

Publicación oficial en euskadi.eus