BOPV nº 101 · · Desarrollo Económico y Competitividad

RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2013, del Director de Energía y Minas, por la que se declara la utilidad pública de la línea eléctrica aérea existente a 13,2 Kv D/C denominada Balmaseda-Circunvalación Sur Cto. 3, entre la STR Balmaseda y el apoyo 9028 y sus derivaciones, en los Términos Municipales de Balmaseda, Zalla y Sopuerta, por la ampliación de la servidumbre.

Ref.: L-7776 ASS/TLE. Exp.: AT-H-2012-024. ANTECEDENTES DE HECHO Uno. Con fecha 19 de abril de 2012 la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. con domicilio en Bilbao Avda. San Adrián, 48, solicita la declaración de utilidad pública de la línea arriba referenciada a los efectos de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ampliación de la servidumbre de la misma, por razón del incremento de la faja libre de arbolado, aportando la documentación correspondiente. Dos. A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, del Gobierno Vasco y artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en el BOB con fecha 19 de junio de 2012, en el BOPV con fecha 17 de agosto de 2012 y en el Diario El Correo con fecha 13 de junio de 2012, junto con la relación de bienes y derechos que dicha empresa considera necesario expropiar. Tres. Con fecha 5 de junio de 2012 se remitieron oficios a los Ayuntamientos de Balmaseda, Zalla y Sopuerta, a fin de que procediesen a la exposición del anuncio relativo a la actuación propuesta en el Tablón de Edictos de dichos ayuntamientos, así como petición de informe de la procedencia o no de la declaración de Utilidad Pública de la instalación, efectuando, en su caso, las reiteraciones de petición de informe correspondientes. Cuatro. Dentro del período de información pública y plazos establecidos al efecto, han tenido entrada únicamente informes de los Ayuntamiento de Zalla y Sopuerta, que han sido aceptados por la Beneficiaria. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Uno. En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Ley, de 26 de abril de 1957, de expropiación forzosa, Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, del Gobierno Vasco, Resolución de 8 de marzo de 2011, del Director de Energía y Minas, por la que se establecen prescripciones específicas para el paso de líneas de alta tensión por zonas de arbolado y demás legislación concordante. Dos. El Director de Energía y Minas, en uso de la competencia atribuida por el Decreto 514/2009, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, en vigor de acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. RESUELVE: Declarar la utilidad pública a los efectos de la ampliación de la faja l

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