BOPV nº 100 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2013, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se abre un periodo de información pública y audiencia a los interesados en el procedimiento para la desafectación parcial de los inmuebles sitos en los n.º 21 y 23 de la calle Nueva Dentro de Vitoria-Gasteiz (Álava).
La Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco (BOPV n.º 157, de 6 de agosto) establece en su artículo 36 la prohibición del derribo de los bienes culturales calificados y de los inventariados sin la previa declaración de ruina y autorización expresa de la Diputación Foral, siendo preciso asimismo la autorización previa del Gobierno Vasco sobre la desafectación. En desarrollo de la citada normativa se dicta el Decreto 306/1998, de 10 de noviembre, sobre la declaración de estado ruinoso de los bienes culturales calificados y de los inventariados y actuaciones previas y posteriores a la resolución sobre el derribo de los mismos (BOPV n.º 226, de 26 de noviembre). De conformidad con el Decreto 306/1998 citado, el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz remitió al Centro de Patrimonio Cultural Vasco la solicitud por la que se insta la desafectación de los inmuebles situados en los números 21 y 23 de la calle Nueva Dentro, en el Casco Histórico de Vitoria-Gasteiz, por considerar que están en situación de ruina. Estos inmuebles son elementos de protección básica, en virtud del Decreto 312/1997, de 23 de diciembre, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Casco Histórico de Vitoria-Gasteiz, y se fija su régimen de protección (BOPV n.º 9, de 15 de enero de 1998). A la vista de los informes técnicos, el expediente de ruina y las actuaciones seguidas, el Consejo Asesor del Patrimonio Arquitectónico Monumental de Euskadi, en la sesión de 28 de noviembre de 2012, acordó la desafectación parcial de los inmueble n.º 21 y 23 de la calle Nueva Dentro de Vitoria-Gasteiz, manteniendo la afectación de la parcela. Vista la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, y de acuerdo a lo establecido al efecto en el artículo 17 del Decreto 306/1998, de 10 de noviembre, sobre la declaración de estado ruinoso de los bienes culturales calificados y de los inventariados y actuaciones previas y posteriores a la resolución sobre el derribo de los mismos, RESUELVO : Primero Incoar el procedimiento de desafectación parcial de los inmuebles n.º 21 y 23 de la calle Nueva Dentro en Vitoria-Gasteiz, elementos de protección básica en virtud del Decreto 312/1997, de 23 de diciembre, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Casco Histórico de Vitoria-Gasteiz (Álava) y se fija su régimen de protección (BOPV n.º 9 de 15 de enero de 1998), y mantener la afectación de la parcela, obligando a respetar, para la nueva edificación, las normas de sustitución previstas en dicho Decreto 312/1997. Segundo Abrir un periodo de información pública y audiencia a los interesados del expediente de desafectación parcial de los inmuebles n.º 21 y 23 de la calle Nueva Dentro, en Vitoria-Gasteiz, para que, durante el plazo de 20 días, contados a