BOPV nº 100 · · Empleo y Políticas Sociales

RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2013, del Viceconsejero de Trabajo, por la que se da publicidad a la modificación de la cuantía global máxima destinada durante el año 2012 para la financiación de las ayudas para la asistencia técnica en economía social, las ayudas para la incorporación de socios en empresas de economía social y las ayudas dirigidas a la consolidación de estructuras asociativas de las empresas y entidades de economía social de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Por una parte, la Orden subvencionadora de 26-09-2012 por la que se regulan las ayudas para la asistencia técnica en las empresas de economía social, en su artículo 3.1, hacía público el importe total de los créditos asignados para estas ayudas, siendo el siguiente: Se destinará al cumplimiento del objeto de dicha Orden un importe global máximo de ciento cincuenta mil (150.000) euros, distribuidos mediante un crédito de pago para el ejercicio 2012 de noventa mil (90.000) euros y un crédito de compromiso de sesenta mil (60.000) euros, correspondientes al ejercicio 2013. De conformidad con el artículo 3.1 de la Orden subvencionadora mencionada, dicha cuantía global podría verse actualizada en el supuesto de que se aprobaran modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente. En el supuesto de que existieran dichas modificaciones, será preceptivo dar publicidad a dicha circunstancia mediante Resolución de la Viceconsejería de Trabajo. Con fecha 31-12-2012, quedó finalizado el proceso de análisis de las solicitudes presentadas. Para la concesión de todas las ayudas que cumplían los requisitos se estimó que eran necesarios 29.775 euros más, 17.865 euros correspondientes al presupuesto ordinario del 2012 y 11.910 euros de crédito de compromiso para el presupuesto del 2013. Previa realización de los trámites oportunos, dado que existía disponibilidad presupuestaria en los términos previstos en la Orden, y habiéndose certificado por la Oficina de Control Económico que existía crédito de pago y de compromiso adecuado y suficiente al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se procedió a ampliar los créditos presupuestarios en las magnitudes expresadas. Por otra parte, la Orden subvencionadora de 26-09-2012 por la que se establecen ayudas dirigidas a la incorporación de personas socias a empresas de economía social, en su artículo 2.1, hacía público el importe total de los créditos asignados para estas ayudas, siendo el siguiente: A los efectos del cumplimiento del objeto de dicha Orden, se destinará un importe de cien mil (100.000) euros, cuantía global podría verse, en su caso, actualizada en el supuesto de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente. En el supuesto de que existan dichas modificaciones, se dará publicidad a esta circunstancia mediante Resolución de la Viceconsejería de Trabajo. Con fecha 31-12-2012, quedó finalizado el proceso de análisis de las solicitudes presentadas. Para la concesión de todas las ayudas que cumplían los requisitos se estimó que eran necesarios 179.181,17 euros más, correspondientes al presupuesto ordinario del ejercicio 2012. Previa realización de los trámites oportunos, dado que existía disponibilidad presupuestaria en los términos previstos en la Orden, y habiéndose certificado por la Oficina de Control Económico que existía crédito de pago y de compromiso adecuado y suficiente al efecto en los Presupuestos Gener

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