BOPV nº 99 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

ORDEN de 7 de mayo de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, de segunda modificación de la Orden de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación por la que se regulan determinados ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

Por medio de la Orden de 4 de octubre de 2010, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, se regulan determinados ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, (actualmente Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, en virtud del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre). El fichero n.º 21 de los correspondientes a la Dirección de Centros Escolares regula la videovigilancia en centros escolares y contiene la relación de centros educativos que disponen de sistema de videovigilancia. El hecho de que otros centros educativos no contemplados en esa relación hayan instalado un sistema de videovigilancia hace necesaria la correspondiente modificación de la misma. En su virtud, DISPONGO : Artículo único - Se modifica la relación de centros educativos con sistema de videovigilancia contenida en el anexo I de la Orden de 4 de octubre de 2010, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regulan determinados ficheros de datos de carácter personal del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, correspondiente al fichero n.º 21 de la Dirección de Centros Escolares. Los centros educativos con sistema de videovigilancia son los siguientes: «Centros con sistema de videovigilancia: (Véase el .PDF) (Véase el .PDF) (Véase el .PDF) DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País del Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 7 de mayo de 2013. La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, CRISTINA URIARTE TOLEDO.

Publicación oficial en euskadi.eus