BOPV nº 94 · · Empleo y Políticas Sociales
ORDEN de 2 de mayo de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se da a conocer la dotación presupuestaria de las actuaciones subvencionales en beneficio de las familias con hijos e hijas.
Con el objetivo de dar continuidad, reforzar y ampliar las ayudas y medidas de apoyo a las familias con hijos e hijas que recogía el I Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias con Hijos e Hijas (2001-2005), se aprobó, mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de septiembre de 2006, el II Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias (2006-2010). Este II Plan tenía como principal objetivo avanzar en el desarrollo del sistema integral de protección y apoyo a las familias iniciado con el I Plan. Mediante el Decreto 255/2006, de 19 de diciembre, por el que se regulan las ayudas a las familias con hijos e hijas, publicado en el BOPV n.º 245, de 27 de diciembre de 2006, se procedió a establecer las ayudas contempladas por el II Plan de Apoyo a las Familias, buscando un trato más equitativo para todo tipo de familias y de situaciones familiares. Asimismo, en virtud de su Disposición Transitoria, las situaciones subvencionables que tuvieran reconocida resolución de concesión de la ayuda al amparo de lo previsto en el Decreto 176/2002, de 16 de julio, y que tuvieran pendientes anualidades de cobro, al igual que las contempladas en la Disposición Transitoria Única del Decreto 176/2002, de 16 de julio, en la redacción dada por la Disposición Final Primera, apartado 5 del Decreto 109/2006, de 30 de mayo, que no tuvieran aún la resolución de ampliación de la ayuda concedida, continuarán rigiéndose por dicho Decreto hasta el cobro de la totalidad de las cantidades reconocidas o que hubieran de reconocerse en esa resolución de ampliación y no les será de aplicación lo dispuesto en el Decreto 255/2006. El III Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias en la CAPV 2011-2015, aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 27 de diciembre de 2011, tiene como pretensión central potenciar una política familiar que, desde la perspectiva del derecho subjetivo, promocione, complemente y acompañe a las familias en todo el ciclo de su vida. Dentro de su Línea Estratégica 1, dedicada a la potenciación de servicios, medidas y políticas que apoyen a las familias y propicien su autonomía, el Plan postula como acción a desarrollar durante el bienio 2011-2012 el mantenimiento de las ayudas en los términos establecidos en el Decreto 255/2006, y su extensión progresiva, condicionada a disponibilidad presupuestaria, en el trienio 2013-2015. Dada la situación económica actual y la necesidad de concentrar los recursos en la defensa de la sanidad, la educación y la lucha contra la exclusión social dentro de las políticas sociales, objetivo a cuyo logro se orientarán los Presupuestos de 2013, no puede acometerse en estos momentos el inicio de la proyectada extensión. En aras a preservar el principio de publicidad que debe orientar la actividad subvencional de la Administración Pública, el Decreto 255/2006, de 19 de diciembre, prevé, en su artículo 27.4, que el Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, mediante Orden de su Consejero, dará a conocer anua