BOPV nº 90 · · Medio Ambiente y Política Territorial

RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2013, de la Directora de Administración Ambiental, por la que se acuerda someter a información pública el proyecto técnico y estudio de impacto ambiental presentado por la empresa Residuos de Aluminio, S.L.U. para la actividad de recuperación de metales contenidos en los subproductos del refino de aluminio en el polígono industrial Goiain de Legutio.

Resultando que la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, tiene por objeto evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrados de la contaminación, con el fin de alcanzar una elevada protección del medio ambiente en su conjunto. Resultando que en aplicación de lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, se somete a autorización ambiental integrada la construcción, montaje, explotación o traslado, así como la modificación sustancial, de las instalaciones en las que se desarrollen alguna de las actividades incluidas en el anejo 1, resultando que la finalidad de la autorización ambiental integrada es establecer todas aquellas condiciones que garanticen el cumplimiento del objeto de la norma por parte de las instalaciones sometidas a ella, a través de un procedimiento que asegure la coordinación de las distintas Administraciones Públicas que deben intervenir en la concesión de dicha autorización para agilizar trámites y reducir las cargas administrativas de los particulares. Resultando que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 3, del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos, los proyectos, públicos y privados, consistentes en la realización de obras, instalaciones o cualquier otra actividad comprendida en el anexo I de la citada norma deben someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en dicha ley. Resultando que se ha iniciado ante este órgano ambiental la tramitación relativa a la autorización ambiental integrada y evaluación de impacto ambiental del proyecto de recuperación de metales contenidos en los subproductos del refino de aluminio que promueve Residuos de Aluminio, S.L.U. en el término municipal de Legutio, puesto que el proyecto se encuentra contemplado en el anejo 1, de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y en el anexo I, del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos. Considerando que el procedimiento previsto para la obtención de la autorización ambiental integrada establece que, una vez completada la documentación que debe acompañarse junto con la solicitud, debe acordarse la apertura de un periodo de información pública que no será inferior a 30 días. Considerando que el procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos y Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para su ejecución, determina que el estudio de imp

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