BOPV nº 90 · · Administración Pública y Justicia
RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2013, de la Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos, por la que se realiza la publicación conjunta de las convocatorias del concurso ordinario de 2013, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La Disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, EBEP), establece un nuevo régimen jurídico de los funcionarios con habilitación de carácter estatal, atribuyendo a las Comunidades Autónomas la regulación de las bases comunes del concurso ordinario, el porcentaje de puntuación correspondiente a los méritos generales, los de determinación autonómica, el conocimiento de la lengua oficial y los específicos directamente relacionados con las características del puesto de trabajo; asimismo, atribuye también a las Comunidades Autónomas la publicación de las convocatorias y la coordinación de las adjudicaciones. Por su parte, la Disposición Adicional tercera del EBEP prevé que en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco las facultades previstas en la señalada Disposición Adicional segunda serán ostentadas por las Instituciones Forales de sus Territorios Históricos o por las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma, en los términos que establezca la normativa autonómica. Asimismo, en la disposición transitoria séptima del EBEP se dispone que en tanto no se aprueben las normas de desarrollo de la Disposición Adicional segunda del Estatuto, sobre el régimen jurídico de los funcionarios con habilitación de carácter estatal, continuarán en vigor las disposiciones que en la actualidad regulan la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, que se entenderán referidas a la Escala de Funcionarios con habilitación de carácter estatal. Así, el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, determina en el artículo 13 que el Ministerio para las Administraciones Públicas (actualmente, Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas), en coordinación con las comunidades autónomas, aprobará el modelo de convocatoria conjunta, con la determinación de las bases comunes de los concursos. Éstas, junto con las específicas que establezcan las corporaciones locales constituyen las bases que deben regir estos concursos, que los presidentes de las corporaciones locales deben convocar y, simultáneamente, el órgano competente de las comunidades autónomas ha de publicar. Por lo que se refiere a la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Disposición Adicional quinta del Real Decreto 1732/1994, establece que la aplicación del mismo se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional segunda de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. El párrafo séptimo de esta Disposición Adicional segunda prevé, por lo que respecta a los concursos para provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, que corresponde a las Instituciones Forales de los Territorios Históricos la facultad de convocar, exclusivamente para su territorios