BOPV nº 89 · · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad
RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2013, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se acepta la solicitud de renuncia parcial a la ayuda concedida a la cooperante Itxaso Vicente Martínez para desarrollar su actividad en el proyecto presentado por la entidad Asociación Paz con Dignidad dentro de la convocatoria de ayudas a las personas cooperantes vascas para el año 2010.
Por Resolución de 21 de septiembre de 2010, de la Directora de Cooperación al Desarrollo, por la que se conceden ayudas a personas cooperantes vascas con cargo al Fondo para la Cooperación de Ayudas al Desarrollo para 2010, se concedió a la entidad Asociación Paz con Dignidad una subvención de 18.000 euros para la realización de un proyecto por parte de la cooperante Itxaso Vicente Martínez (KOP-2010PR/0008). La citada entidad, en comunicación dirigida a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, con fecha 4 de agosto de 2011, formuló una solicitud de renuncia parcial a la ayuda ya concedida por los motivos que constan en el expediente. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 124/2005, de 31 de mayo, por el que se regulan las ayudas a los/as cooperantes vascos/as con cargo al Fondo de Cooperación y Ayuda al Desarrollo, la entidad receptora de la subvención deberá informar inmediatamente a la Dirección de Cooperación al Desarrollo sobre cualquier circunstancia que pudiera afectar sustancialmente a la labor de la persona cooperante. A estos efectos, corresponde al Director de Cooperación al Desarrollo dictar la correspondiente resolución en la que se modificarán las condiciones y, en su caso, se reajustarán los importes de la subvención concedida, aplicándose los límites establecidos para su otorgamiento, quedando obligadas las personas, instituciones y entidades beneficiarias a la devolución de los importes percibidos en exceso. No obstante, por lo que se refiere a la competencia para aprobar las modificaciones propuestas, tras la creación, regulación y entrada en funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento; y Decreto 310/2010, de 23 de noviembre, por el que se regula el inicio de actividades de la Agencia), dicha competencia y, en general, el dictado de las Resoluciones necesarias para gestionar estas ayudas corresponde al Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. Por todo lo expuesto, RESUELVO : Primero Aceptar la renuncia parcial a la ayuda concedida a la cooperante Itxaso Vicente Martínez para desarrollar su actividad en el proyecto presentado por la entidad Asociación Paz con Dignidad dentro de la convocatoria de ayudas a las personas cooperantes vascas para el año 2010. Como consecuencia, se deja sin efecto la orden de pago correspondiente al segundo pago (9.000 euros). Segundo Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-adminis