BOPV nº 89 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2013, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se abre un periodo de información pública y audiencia a los interesados en el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, de la Torre Horcasitas, sita en Artzentales (Bizkaia).
La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Visto el interés cultural que presenta la Torre Horcasitas de Artzentales (Bizkaia) y atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural, RESUELVO : Primero Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, de la Torre Horcasitas de Artzentales, conforme a la Delimitación que figura en el anexo I, a la Descripción obrante en el anexo II y al Régimen de Intervenciones Permitidas que se concreta en el anexo III. Segundo Abrir un período de información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, de la Torre Horcasitas de Artzentales (Bizkaia) para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz. Tercero Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Artzentales y a los Departamentos de Presidencia y Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia, así como al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco, a fin de que en el plazo de quince días desde la notificación puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que consideren pertinentes. Cuarto Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Bizkaia para su general conocimiento. En Vitoria-Gasteiz, a 26 de marzo de 2013. El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, JOXEAN MUÑOZ OTAEGI. ANEXO I Delimitación a) Descripción. La delimitación incluye el volumen completo de la torre con toda su edificación, así como el arbolado autóctono que emplazado dentro de la delimitación del plano tenga un perímetro de tronco igual o superior a 100 cm. Así, el área de la delimitación queda definida por los siguientes límites: al Sureste una línea paralela a la fachada sureste del cuerpo de la torre trazada a 45 m de la misma; al Suroeste, el lindero de la parcela con la carretera del acceso; al Noroeste el lindero con la propiedad colindante y que está emplazado a 20 m de la fachada Noroeste del conjunto edificado; y al Norte, una l