BOPV nº 88 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2013, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se abre un periodo de información pública y audiencia a los interesados en el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Chalet Portillo, sita en el Valle de Carranza (Bizkaia).

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Visto el interés cultural que presenta el Chalet Portillo del Valle de Carranza (Bizkaia) y atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural, RESUELVO : Primero Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Chalet Portillo del Valle de Carranza, conforme a la Delimitación que figura en el anexo I, a la Descripción obrante en el anexo II y al Régimen de Intervenciones Permitidas que se concreta en el anexo III. Segundo Abrir un período de información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Chalet Portillo del Valle de Carranza (Bizkaia) para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la Calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz. Tercero Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento del Valle de Carranza y a los Departamentos de Presidencia y Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia, así como al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco, a fin de que en el plazo de quince días desde la notificación puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que consideren pertinentes. Cuarto Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Bizkaia para su general conocimiento. En Vitoria-Gasteiz, a 22 de abril de 2013. El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, JOXEAN MUÑOZ OTAEGI. ANEXO I Delimitación a) Descripción de la delimitación La delimitación incluye la unidad edificatoria conformada por la edificación y la parcela vinculada al edificio, así como el arbolado del jardín que emplazado dentro de la delimitación del plano tenga un perímetro de tronco igual o superior a 100 cms. Así, el área de la delimitación queda definida por los siguientes límites: al Norte, la tapia de separación con la parcela de los dos edificios de uso residencial allí emplazados; al Oeste una línea paralela a la verja de la finca trazada a un metro de separación de la de la misma y que incluye la acera original

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