BOPV nº 85 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

ORDEN de 2 de mayo de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan ayudas económicas para el desarrollo del Plan General de Promoción del Uso del Euskera (PGPUE) en entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El artículo 10 del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, asignó al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, entre otras, las relativas a la política lingüística y la promoción del euskera. Por otro lado, el artículo 21.1.h) del Decreto 193/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (BOPV, de 24 de abril, n.º 78) asigna el siguiente cometido a la Viceconsejería de Política Lingüística: velar por el adecuado desarrollo y aplicación de la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, Básica de Normalización del Uso del Euskera y demás disposiciones complementarias, sin perjuicio de las funciones que en tal sentido tengan específicamente asignados otros órganos administrativos. Asimismo, la VPL asume las líneas de prioridad para la política lingüística de principios del siglo XXI formuladas por el Consejo Asesor del Euskera, recogidas en la publicación «Euskara 21, Hacia un Pacto Renovado». En cumplimiento del cometido que tiene asignado, el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura ha convocado y resuelto anualmente ayudas económicas para el desarrollo del Plan General de Promoción del Uso del Euskera (en adelante PGPUE) en entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El Parlamento Vasco, en su sesión plenaria del 10 de diciembre de 1999, aprobó el PGPUE, elaborado por la VPL en colaboración con el Consejo Asesor del Euskera y aprobado por el Gobierno Vasco el 28 de julio de 1998. El objetivo primordial del PGPUE consiste en adoptar e implantar medidas de política lingüística conducentes a ofrecer a las personas que así lo deseen la posibilidad de vivir en euskera e intensificar las acciones a favor del euskera para lograr la total normalización de su uso en el ámbito personal, social y oficial. En ese sentido, las entidades locales tienen una gran tarea a realizar en lo que a su actividad interna se refiere: aprobar y desarrollar el Plan de Normalización del Uso del Euskera en las Administraciones Públicas. En cuanto a su actividad externa, los quehaceres fundamentales son tres: posibilitar a la ciudadanía el aprendizaje o perfeccionamiento del euskera, colaborar en la estructuración de redes de relaciones en euskera y encauzar los servicios y productos en euskera así como la información concreta sobre todo ello. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de esta orden es regular la forma de adjudicación de ayudas económicas destinadas a las entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el desarrollo del PGPUE y realizar la convocatoria para 2013. La cantidad global destinada a la ayuda regulada en esta orden será de 1.385.500 euros. Artículo 2 Entidades beneficiarias. Podrán ser beneficia

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