BOPV nº 85 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

ORDEN de 2 de mayo de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad en el año 2013 (Convocatoria Euskalgintza).

El artículo 10 del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, asignó al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, entre otras, las relativas a la política lingüística y a la promoción del euskera. Por otro lado, el artículo 21.1.h) del Decreto 193/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (BOPV de 24 de abril, n.º 78) asigna el siguiente cometido a la Viceconsejería de Política Lingüística: velar por el adecuado desarrollo y aplicación de la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, Básica de Normalización del Uso del Euskera y demás disposiciones complementarias, sin perjuicio de las funciones que en tal sentido tengan específicamente asignados otros órganos administrativos. Asimismo, la Viceconsejería de Política Lingüística asume las líneas de prioridad para la política lingüística de principios del siglo XXI formuladas por el Consejo Asesor del Euskera, recogidas en la publicación «Euskara 21. Hacia un Pacto Renovado». Dicho Consejo aprobó en julio de 2012 el Plan de Acción para la Promoción del Euskera (ESEP), el cual elabora las líneas prioritarias recogidas en «Euskara 21. Hacia un pacto renovado», adaptándolas de forma que se puedan llevar a la práctica. En cumplimiento del cometido que tiene asignado, el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura ha convocado y resuelto anualmente diversas órdenes de subvención sectoriales. Así, mediante la presente Orden, ha acordado convocar la convocatoria correspondiente a 2013 por la que se regula la concesión de subvenciones para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden regular y convocar para el ejercicio 2013 la concesión de subvenciones a personas físicas o jurídicas privadas que desarrollan una labor de promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad (Convocatoria Euskalgintza). Artículo 2 Ámbito temporal. Solamente podrán acogerse a esta convocatoria de subvenciones los proyectos que se materialicen durante el año 2013. Consecuentemente, todas las actividades, servicios y productos derivados de los proyectos acogidos a la convocatoria deberán ser materializados y/o presentados públicamente antes del 31 de diciembre de 2013. Artículo 3 Tramitación electrónica. Las personas interesadas podrán solicitar, consultar y realizar los trámites de este procedimiento utilizando medios electrónicos. Las especificaciones de cómo tramitar, tanto por canal presencial como electrónico, las solicitudes, declaraciones responsables y demás modelos, están disponibles en la siguiente sede electrónica de euskadi.net: https://euskadi.net/ayuda_subvencion/-/2013/euskalgintza/ El empl

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