BOPV nº 83 · · Medio Ambiente y Política Territorial
RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2008, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada para la actividad de fabricación de papel, promovida por Virtisú, S.L. en los términos municipales de Zalla y Güeñes (Bizkaia).
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 26 de diciembre de 2006, D. Santiago Barba Vera, en nombre y representación de Virtisú, S.L., solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la actividad de fabricación de papel en los municipios de Zalla y Güeñes (Bizkaia). La solicitud se acompañaba de la siguiente documentación técnica: Proyecto Técnico (diciembre 2006). Resumen No Técnico (diciembre 2006). En el momento de la solicitud de la autorización de referencia, Virtisú, S.L. tenía, entre otras, licencia de actividad y apertura otorgada por el Ayuntamiento de Zalla el 16 de octubre de 2002 y el 11 de diciembre de 2002, respectivamente. La citada autorización se concedió para la actividad de producción de papel tisú. Posteriormente se remite informe municipal relativo a la compatibilidad del proyecto con los planeamientos urbanísticos de Zalla y Güeñes, con fecha 16 de noviembre de 2006. La Dirección de Calidad Ambiental con fecha 19 de febrero de 2007 solicita informes a diversos órganos con intervención en el procedimiento en orden a que por el Órgano Ambiental se acuerde el trámite de información pública del proyecto, en concreto a los Ayuntamientos de Zalla y Güeñes, al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco y al Consorcio de Aguas de Bilbao-Bizkaia. Con fecha 27 de febrero de 2007, el Órgano Ambiental requirió al promotor que incorporara documentación adicional, completándose el expediente el 25 de octubre de 2007. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 14 de noviembre de 2007, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Virtisú, S.L. en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico de Bizkaia, ambas con fecha de 3 de diciembre de 2007. Igualmente se procede a efectuar la oportuna notificación personal a los vecinos colindantes. Una vez culminado el trámite de información pública se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, la Dirección de Calidad Ambiental solicita el 14 de enero de 2008 informe a los Ayuntamientos de Zalla y Güeñes, al Consorcio de Aguas Bilbao-Bizkaia y a la subdirección de Salud Pública de Bizkaia. Con fecha 8 de febrero de 2008, y en aplicación del artículo 20 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, el conjunto del expediente es puesto a disposición de Virtisú, S.L. incorporando la Propuesta de Resolución elaborada por el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. FUNDAMENTOS DE DERE