BOPV nº 78 · · Medio Ambiente y Política Territorial

DECRETO 196/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial.

El Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos establece en su Disposición Final Primera que los Consejeros y Consejeras procederán a presentar al Lehendakari, para su aprobación, los proyectos de reglamentos orgánicos de sus respectivos Departamentos, que se adecuarán a los principios inspiradores y a los objetivos previstos en el programa del Gobierno para cada una de las áreas de actuación asignadas a los mismos, así como a los criterios organizativos que deberán observar dichos reglamentos. El presente Decreto se constituye, en consecuencia, en el reglamento orgánico del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial previsto en el mismo Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari. El Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial asume la gestión de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco correspondientes a las áreas de medio ambiente y de política territorial y adquiere el compromiso de promover y llevar a cabo una gestión eficaz del Departamento conforme a los principios informadores de la buena gobernanza pública como son la planificación, la coordinación, la evaluación, la participación y la transparencia en el ámbito de su responsabilidad. Adquiere, igualmente, una especial relevancia el impulso de iniciativas dirigidas a promover la efectiva utilización y normalización del uso del euskera en las distintas actuaciones propias del Departamento. Con el objeto de facilitar la consecución de los objetivos de gestión eficaz de las materias y funciones asignados al Departamento, bajo la dependencia de la Consejera, la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial se compone de tres Viceconsejerías: la Viceconsejería de Administración y Planificación Territorial, la Viceconsejería de Medio Ambiente y la Viceconsejería de Transportes. La Viceconsejería de Administración y Planificación Territorial se compone de la Dirección de Servicios y la Dirección de Planificación Territorial y Urbanismo y tiene por objeto facilitar los servicios administrativos de carácter general, así como impulsar la planificación, el seguimiento y la evaluación de las actividades del Departamento coordinando los trabajos necesarios para ello en estrecha relación con la Viceconsejería de Medio Ambiente y con la Viceconsejería de Transporte y todo ello en el marco de una estrategia territorial sostenible conformada sobre la base de la planificación territorial que integra la protección medioambiental de los espacios y del medio natural, así como la ordenación sostenible de los medios de transporte y sus infraestructuras. La Viceconsejería de Medio Ambiente se compone de la Dirección de Administración Ambiental y la Dirección de Medio Natural y Planificación Ambiental, y tiene por objeto

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