BOPV nº 78 · · Empleo y Políticas Sociales

DECRETO 191/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales.

En virtud del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, se procedió a la reordenación de la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma y a la nueva asignación competencial entre los Departamentos de la misma, para garantizar la continuidad de las tareas político-administrativas del Gobierno sin provocar interrupciones en las mismas, y ordenar el tránsito de la organización administrativa anterior a la que se aprueba en el citado decreto, todo ello, con el fin último de llevar a cabo con la máxima eficacia el Programa de Gobierno de la nueva legislatura. El artículo 8 del citado Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, determina las funciones y áreas de actuación del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, el cual estará formado, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta del mencionado Decreto, por todos los órganos y unidades del extinto Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, así como por todos los órganos y unidades de la Viceconsejería de Vivienda del extinto Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, con la salvedad de la Dirección de Suelo y Urbanismo. Las modificaciones que contempla el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, en la anterior organización administrativa, más allá de la denominación de este Departamento, afectan a su propia estructura: así, pasan a formar parte de su ámbito competencial diversas áreas de actuación del extinto Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, que son las siguientes: vivienda; arquitectura, edificación, sostenibilidad y calidad en la construcción; y, por último, promoción de la accesibilidad. Aparte de ello, y en concordancia con lo dispuesto en el apartado 2 de la Disposición Final Primera del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, donde se especifican los criterios organizativos que han de guiar los reglamentos orgánicos, se hace necesario proceder a una reordenación de las diversas áreas de actuación que ya formaban parte del extinto Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, lo cual implicará la reagrupación de varias de ellas y la consecuente eliminación en la estructura de alguna de las direcciones existentes hasta ahora. En definitiva, todas las circunstancias anteriormente reseñadas ponen en evidencia la necesaria articulación de un Decreto específico que concrete la nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales. Dicha estructura se articula en tres Viceconsejerías, que son las de Empleo y Trabajo, Políticas Sociales y Vivienda, las cuales, a su vez, se estructuran en diversas Direcciones en función de cada una de las materias específicas. Asimismo, y aparte de lo anterior, existen otros dos órganos con dependencia jerárquica directa del Consejero o Consejera del Departamento, que son l

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