BOPV nº 75 · · Desarrollo Económico y Competitividad

RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2013, de la Viceconsejera de Innovación y Tecnología, por la que se hace pública la convocatoria para la concesión de Becas de Internacionalización, para el ejercicio 2013.

La Orden de 13 de abril de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio, y Turismo, regula el Programa de Becas de Internacionalización (BOPV de 26 de abril de 2011). De conformidad a lo establecido en el artículo 6 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria para la selección de los becarios para el ejercicio de 2013, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 6 de la Orden de referencia, RESUELVO : Primero Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria, para el ejercicio 2013, de las becas previstas en la Orden del Consejero de Industria, Innovación, Comercio, y Turismo, por la que se regula el Programa de Becas de Internacionalización. Segundo Becas convocadas. El número máximo de Becas de Internacionalización a conceder en el ejercicio 2013 será de 100. Los 100 beneficiarios realizarán la Modalidad A y, de entre los candidatos que finalicen la misma, cumpliendo con los requisitos establecidos, un máximo de 80 personas podrán ser seleccionadas para continuar con las Modalidades B y C distribuidas de la siguiente forma: un máximo de 65 becas en Modalidad B y un máximo de 15 becas en Modalidad C. Se seleccionarán también, para las Modalidades B y C conjuntamente, un máximo de 15 suplentes, los cuales podrán cubrir posibles renuncias o cualquier otra incidencia que se produzca en los dos primeros meses de período de la beca, si la Dirección de Internacionalización así lo considera, de conformidad con lo previsto en el artículo 19.1 de la Orden de 13 de abril de 2011 reguladora del programa. Tercero Recursos económicos. A la financiación de las becas convocadas, según los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al respecto en la Ley 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, se destinan las cantidades siguientes: La modalidad A tiene una valoración económica máxima, para el ejercicio 2013, de 120.000 euros. Para las Modalidades B y C, conjuntamente, se destina una dotación de un millón novecientos sesenta y cinco mil (1.965.000) euros, distribuidos del siguiente modo: Ejercicio 2013: 940.000 euros. Ejercicio 2014: 450.000 euros. Ejercicio 2015: 575.000 euros. El expresado importe podrá ser incrementado, teniendo en cuenta la cuantía total de las becas a conceder, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad y con carácter previo a la resolución de la respectiva convocatoria. De producirse dicha circunstancia se dará publicidad mediante Resolución de la Viceconsejera de Innovación y Tecnología. Cuarto Requisitos, lugar y plazo de presentación de las solicitudes. Los solicitantes, para poder acceder a las becas previstas en la Orden reguladora del Programa de Becas de Internacionalización, deberán reunir los requisitos establecido

Publicación oficial en euskadi.eus