BOPV nº 74 · · Administración Pública y Justicia
DECRETO 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia.
En virtud del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, se ha procedido a la reordenación de la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma y a la nueva asignación competencial entre los departamentos de la misma, para llevar a cabo, con la máxima eficacia, el conjunto de compromisos programáticos que constituyen el Programa de Gobierno en la presente legislatura. El citado Decreto, en su artículo 2, instituye al Departamento de Administración Pública y Justicia como parte integrante del organigrama del Gobierno Vasco, con las funciones y áreas de actuación que se contemplan en su artículo 6, e insta, en su Disposición Final Primera, a elaborar los reglamentos orgánicos que estructuren el Departamento, que deberán observar los criterios organizativos y previsiones señalados en el mismo. El Departamento se estructura en cuatro Viceconsejerías: de Relaciones Institucionales, de Régimen Jurídico, de Función Pública y de Justicia; las cuales, a su vez, se organizan en Direcciones en función de cada una de las materias específicas. La Viceconsejería de Relaciones Institucionales se ocupa de las relaciones y comunicaciones interinstitucionales, con el Parlamento y con el Ararteko. Así mismo, le conciernen las funciones de Secretaría de Gobierno y las propias del Boletín Oficial del País Vasco. También le corresponde ejercer las funciones administrativas que las Leyes y los reglamentos atribuyen al Gobierno en materia de Administración Local, en particular, el informe y la resolución de asuntos de competencia de la Administración de la Comunidad Autónoma en materia de régimen local. Finalmente, en materia de Asociaciones de régimen general, Fundaciones y Colegios Profesionales, le competen las funciones de Protectorado, registrales y corporativas, así como el nombramiento de Notarios y Registradores de la Propiedad. La Viceconsejería de Régimen Jurídico se configura como centro superior consultivo de la Administración, en el que se encuadran los servicios jurídicos centrales del Gobierno, al que representa y defiende en juicio. Le corresponde el control normativo interno; la actuación en el ámbito del desarrollo legislativo, incluida la conservación, adecuación y desarrollo del Derecho Civil Foral y Especial del País Vasco; la política de desarrollo autonómico y la coordinación, a tal efecto, de las actuaciones de los Departamentos; así como la Defensa del Estatuto de Autonomía. Además, queda adscrita en su seno la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi, órgano colegiado superior consultivo de las administraciones de la Comunidad Autónoma de Euskadi. A la Viceconsejería de Función Pública le corresponde asumir la planificación, dirección y coordinación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma, de una política de recursos humanos que d