BOPV nº 70 · · Desarrollo Económico y Competitividad
RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2013, de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas, dentro del marco fijado en la Orden que regula el programa de ayudas para impulsar la competitividad turística de Euskadi, para el ejercicio 2013.
La Orden de 13 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, regula el programa de ayudas para impulsar la competitividad turística de Euskadi (BOPV n.º 141, de 26 de julio de 2011), y ha sido modificada por la Orden de 8 de marzo de 2012, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio, y Turismo (BOPV n.º 53, de 14 de marzo de 2012). Los créditos destinados a la concesión de las citadas ayudas han de sujetarse al régimen de prórroga establecido por el Título IX del Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi y se regula el régimen presupuestario aplicable a las Fundaciones y Consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. De conformidad a lo establecido en el artículo 10 de la Orden que regula el programa de ayudas para impulsar la competitividad turística de Euskadi, procede realizar la convocatoria de las ayudas, que en el mismo se recogen, para el ejercicio 2013, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria, para el ejercicio 2013, de las ayudas previstas en la Orden de 13 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, que regula el programa de ayudas para impulsar la competitividad turística de Euskadi, modificada por la Orden de 8 de marzo de 2012, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio, y Turismo. Para este fin se destinará un total de 1.000.000 euros según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en la Ley 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2012, prorrogado para el ejercicio 2013. El volumen total de las ayudas a conceder dentro de cada ejercicio presupuestario no superará la citada consignación o la que resulte de su actualización, en el caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, y en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo y con carácter previo a la resolución de las mismas. De esta circunstancia se dará publicidad mediante Resolución de la Viceconsejería de Comercio y Turismo. Artículo 2 Requisitos. Las entidades solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 13 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, que regula el programa de ayudas para impulsar la competitividad turística de Euskadi, deberán reunir los requisitos y condiciones para el acceso a las mismas, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden de referencia y de la Orden de 8 de marzo de 2012 del Consejero de In