BOPV nº 62 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

ORDEN de 14 de enero de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo docentes de carácter singular de especial dificultad en Centros de Educación de Personas Adultas Centros Penitenciarios.

En ejercicio de lo previsto en el artículo 4.1.c) y 23 de la Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de Enseñanza no Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Decreto 207/2012, de 16 de octubre, por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de maestros y maestras en centros públicos de Educación Infantil y Primaria, y Educación de Personas Adultas de la Comunidad Autónoma del País Vasco este Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura HA DISPUESTO: Artículo único De conformidad a las bases establecidas en el anexo I de la presente Orden se convoca concurso de méritos para la provisión de los puestos de trabajo docentes de carácter singular de especial dificultad contenidos en el anexo II de la misma. DISPOSICIÓN ADICIONAL Aquellos maestros o maestras que obtengan destino definitivo en la presente convocatoria y, a su vez, hayan participado y obtenido destino definitivo en la convocatoria de concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, convocado por Orden de 26 de octubre de 2012, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito estatal del personal funcionario de los cuerpos docentes no universitarios de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV del 31 de octubre), tendrán un plazo de cinco días naturales desde la publicación de la adjudicación definitiva de la presente convocatoria para manifestar su opción entre un destino u otro, resultando anulado el destino por el que no opta. DISPOSICIONES FINALES Primera Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Segunda La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 14 de enero de 2013. La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, CRISTINA URIARTE TOLEDO. (Véase el .PDF) (Véase el .PDF) (Véase el .PDF)

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