BOPV nº 59 · · Hacienda y Finanzas
ORDEN de 20 de marzo de 2013, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se realiza una emisión de deuda pública de Euskadi por importe de doscientos millones de euros y se fijan las características de la misma.
El Decreto 178/2013, de 12 de marzo, autoriza la realización de una o varias emisiones de Deuda Pública de Euskadi, o la concertación de operaciones de endeudamiento, cualquiera que sea la forma como se instrumenten, por un importe máximo de 265.900.000 euros, con cargo a la autorización concedida al Consejo de Gobierno por la Ley 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2012, en su artículo 10, apartado 1, en régimen de prórroga de acuerdo con lo establecido por el Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi en su artículo 128 apartado e). La Disposición Adicional del mencionado Decreto establece que, de acuerdo con lo establecido en el párrafo 3.º del artículo 30 de la Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, corresponde al Consejero de Hacienda y Finanzas, mediante Orden, publicada en el caso de emisión de deuda pública en forma de valores, en el Boletín Oficial del País Vasco, determinar los instrumentos y modalidades concretas para realizar las operaciones de endeudamiento aprobadas en el mismo, así como concretar sus condiciones financieras y demás características no señaladas por la citada norma, dentro de las previsiones de la misma. En virtud de todo lo cual, RESUELVO : Artículo 1 Realizar una emisión de Deuda Pública de Euskadi por importe de doscientos millones de euros (200.000.000), en virtud de las autorizaciones contenidas en el Decreto 178/2013, de 12 de marzo. Artículo 2 La emisión de Deuda Pública que se lleva a cabo tendrá las siguientes características: a) Importe nominal: 200.000.000 euros. b) Modalidad: bonos. c) Procedimiento de emisión: colocación privada. d) Fecha de emisión y desembolso: 26 de marzo de 2013. e) Interés: fijo, 4,90% nominal anual, pagadero el 26 de marzo de cada año desde 2014 hasta 2020, ambos inclusive. f) Precio de emisión: 99,837%. g) Precio de amortización: a la par, por el valor nominal. h) Fecha de amortización: 26 de marzo de 2020. Representación de los valores: anotaciones en cuenta. Artículo 3 Suscripción. El Departamento de Hacienda y Finanzas facilitará la suscripción de los valores de la emisión a través de la entidad o entidades mandatadas para la realización de la emisión, entidades habilitadas para tal fin según la normativa vigente de mercado de valores. Artículo 4 Habilitación. Se autoriza al Viceconsejero de Hacienda y Finanzas para la firma de los contratos y demás documentos anexos y complementarios que sean precisos para llevar a cabo la presente operación de endeudamiento. Artículo 5 El desembolso de la suscripción, el pago de intereses y amortización de la emisión se efectuará a través del Servicio de Anotaciones en Cuenta de la Sociedad Rectora de la Bolsa de Valores de Bilbao de acuerdo con lo establecido en el artículo 37.º del