BOPV nº 58 · · Medio Ambiente y Política Territorial
RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2013, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de la instalación fotovoltaica de 400 kW en la cubierta del pabellón Buesa Arena, en Vitoria-Gasteiz, promovido por Álava Agencia de Desarrollo, S.A.
De conformidad con la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, los proyectos contemplados en el apartado B) de su anexo I quedan sometidos al procedimiento de evaluación individualizada de impacto ambiental, que culmina en una declaración de impacto ambiental que debe formularse con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de los citados proyectos. Iniciado el procedimiento de autorización administrativa del proyecto de la instalación fotovoltaica de 400 kW en la cubierta del pabellón Buesa Arena, en Vitoria-Gasteiz, y resultando de aplicación lo dispuesto tanto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, como en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos, se han formalizado en relación con el mismo, entre otros, los trámites que a continuación se relacionan: Determinación del alcance del estudio de impacto ambiental. A instancias del promotor del proyecto y del órgano sustantivo, con fecha de 24 de mayo de 2012 la Viceconsejería de Medio Ambiente dio inicio al trámite de consultas previsto en el artículo 8.1 del citado Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero. Dicho trámite culminó con la emisión por parte del órgano ambiental, el 16 de julio de 2012, del informe sobre la amplitud y nivel de detalle del estudio de impacto ambiental. Trámite de información pública. El Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco resolvió someter el proyecto y el correspondiente estudio de impacto ambiental al trámite de información pública (Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava n.º 150, de 28 de diciembre de 2012 y Boletín Oficial del País Vasco n.º 252, de 31 de diciembre de 2012). Trámite de audiencia. El citado Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo sometió el proyecto y el estudio de impacto ambiental al trámite de consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, con fecha de 26 de noviembre de 2012. Remisión del expediente y solicitud de declaración de impacto ambiental. Con fecha 11 de febrero de 2013, la Dirección de Energía y Minas del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad remitió el expediente a la Viceconsejería de Medio Ambiente, al objeto de lo previsto en el artículo 12 del citado Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero. Examinada la documentación técnica y los informes que se hallan en el expediente del proyecto de referencia, y a la vista de que el estudio de impacto ambiental resulta correcto y se ajusta a los aspectos previstos en la normativa en vigor, la Viceconsejería de Medio Ambiente, órgano competente para el dictado de la presente declaración de impacto ambiental de acuerdo con la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente