BOPV nº 36 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2013, del Director General de HABE, por la que se realizan las convocatorias ordinarias de 2013 para la acreditación de los niveles de euskera del alumnado de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje del euskera inscritos en el Registro de HABE, conforme a su Curriculum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos.
La Orden de 19 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, establece el sistema de acreditación de los niveles de competencia en euskera definidos en el Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos (HEOC), tomando como base la Orden de 24 de enero de 2000, de la Consejera de Cultura, que regula los niveles primero, segundo y tercero del HEOC, y la Orden de 13 de marzo de 2006, de la Consejera de Cultura, que regula los contenidos y los criterios de evaluación correspondientes al cuarto nivel del HEOC. Por su parte, el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, tiene por objeto la convalidación de títulos y certificados acreditativos del conocimiento del euskera, así como la adecuación de los mismos al Marco Común Europeo de Referencia para la enseñanza, aprendizaje y evaluación de las lenguas (MCER). En ese mismo sentido, el artículo 11 de la Orden de 19 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, establece que para la obtención de los certificados que acrediten los niveles descritos en dicha Orden será requisito imprescindible la superación de la correspondiente prueba de competencia. A estos efectos, cada prueba de competencia evaluará, atendiendo a los objetivos, contenidos (lingüísticos, textuales, estratégicos...) y criterios de evaluación establecidos en dicho Decreto y en las citadas Órdenes, cada una de las destrezas lingüísticas del examinando, en función de los criterios de evaluación establecidos en el HEOC, a través de la Orden de la Consejera de Cultura de 19 de enero de 2011 y en esta Resolución. El artículo 12 de la Orden de 19 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, que define las principales características de las pruebas de competencia para la obtención de dichos certificados, faculta al Director General de HABE para realizar, mediante Resolución, las convocatorias ordinarias de las pruebas de acreditación y establecer las particularidades de cada una de ellas. Se ha analizado con precisión el desarrollo de las convocatorias organizadas por HABE en los últimos ejercicios: las características de las pruebas aplicadas, la organización, el número de examinados por cada nivel, su distribución por territorios, los criterios de evaluación aplicados por examinadores y tutores, las calificaciones obtenidas, así como los contenidos y motivos de las reclamaciones y recursos presentados. Como resultado de este análisis realizado en HABE, se han incorporado a esta Resolución propuestas de mejora a iniciativa de diferentes agentes, con el fin de mejorar el proceso de certificación y la calidad de las pruebas de acreditación. Por todo ello, RESUELVO : Bases Organizativas Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución realizar las convocatorias ordinarias de las pruebas de acreditación de los niveles de competencia comunicativa en euskera para 2013, dirigidas al alumnado de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje del euskera inscritos en el Registro de HABE y concretar los procedimientos de dichas conv