BOPV nº 26 · · Desarrollo Económico y Competitividad

ORDEN de 8 de enero de 2013, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad por la que se convocan elecciones a vocales del Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Bizkaiko Txakolina/Txakoli de Bizkaia/Chacolí de Bizkaia».

El artículo 32.3 del Reglamento de la Denominación de Origen «Bizkaiko Txakolina/Txakoli de Bizkaia/Chacolí de Bizkaia», aprobado por Orden de 17 de junio de 2008, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se modifica el Reglamento de la Denominación de origen «Bizkaiko Txakolina/Txakoli de Bizkaia/Chacolí de Bizkaia» y se aprueba su texto refundido, establece que los cargos electos del Consejo Regulador serán renovados cada cuatro años, pudiendo ser reelegidos. Habiendo finalizado el mandato de los vocales electos y electas, procede convocar y regular las elecciones correspondientes. En su virtud, RESUELVO : CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Objeto. Por la presente Orden se establece y convoca el procedimiento para la elección de las seis personas que tendrán la condición del vocal del Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Bizkaiko Txakolina/Txakoli de Bizkaia/Chacolí de Bizkaia», en representación del sector productor de uva y del sector elaborador, referidos en los apartados c) y d) del párrafo 1, del artículo 32 del Reglamento. Artículo 2 Calendario Electoral. El calendario deberá ajustarse el proceso electoral que figura en el anexo I. En aquellos casos en que coincida en sábado, domingo o festivo alguno de los plazos fijados en el calendario electoral, se habilitará a tal efecto el siguiente día hábil. A los efectos del Calendario electoral, se declara inhábil el periodo comprendido entre el 23 de marzo de 2013 y 7 de abril de 2013, ambos inclusive. Artículo 3 Junta Electoral. Se crea una Junta Electoral de la Denominación de Origen «Bizkaiko Txakolina/Txakoli de Bizkaia/Chacolí de Bizkaia» (J.E.D.). La composición de la Junta Electoral, cuya sede radicará en la sede del Consejo Regulador de la Denominación de Origen (B.º Mendibile, 42, Mendibile Jauregia, Leioa), será la siguiente: Persona que ejercerá la Presidencia: será designada por la persona titular de la Dirección competente en materia de calidad alimentaria del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco. Persona que ejercerá la Vicepresidencia: será designada por la persona titular del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia. Personas que tendrán la condición de vocal: (1) Un asesor jurídico o asesora jurídica, designado o designada por la persona titular de la Dirección competente en materia de calidad alimentaria, que ejercerá las funciones de secretaría de la Junta. (1) Una persona designada por la persona titular de la Dirección competente en agricultura y ganaderia del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco. (1) Una persona en representación de las Organizaciones Profesionales Agrarias, designada mediante acuerdo adoptado por las Organizaciones Profesionales Agrarias implantadas en el ámbito territorial de la Denominación de Origen. El acuerdo anteriormente mencionado, deberá ser adoptado antes de la fecha de constitución de la Junta Electoral establecida d

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