BOPV nº 42 · · Administración Pública y Justicia

RESOLUCIÓN 148/2013, de 8 de febrero, de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública y del Director General del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convocan cursos de euskera para el personal del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud y el personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi adscrito al mismo, durante el curso académico 2013-2014.

En base a lo dispuesto en la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, sobre «normalización del uso del euskera», desarrollada por el Decreto 86/1997, de 15 de abril, que regula la Planificación de la Normalización del uso del Euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma Vasca y por el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud y en aplicación del Plan de Euskera de Osakidetza-Servicio vasco de salud (aprobado el 27 de mayo de 2005), así como del convenio de colaboración en materia de capacitación y normalización lingüística suscrito por el Instituto Vasco de Administración Pública y Osakidetza-Servicio vasco de salud. En su virtud, RESOLVEMOS: Artículo único Aprobar la convocatoria de cursos de capacitación lingüística del personal del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud para el curso 2013-2014 de acuerdo con lo dispuesto en los anexos I, II y III. En Vitoria-Gasteiz, a 8 de febrero de 2013. La Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, MARÍA TERESA IRURETAGOIENA IBARGUREN. El Director General del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, JON JOSEBA ETXEBERRIA CRUZ. ANEXO I BASES Primera Objetivo. El objetivo de la presente convocatoria es promover e impulsar la capacitación lingüística en euskera del Personal del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud. Segunda Destinatarios. La convocatoria está destinada al personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud, cualquiera que sea su relación de empleo, que en el período que transcurre entre la fecha de la resolución de la presente convocatoria y el fin del plazo de presentación de solicitudes correspondiente a cada modalidad de curso, se encuentre en situación de servicio activo, excedencia para el cuidado de familiares o servicios especiales. El IVAP financiará la formación lingüística ofertada en esta Resolución dentro de su disponibilidad presupuestaria. En el caso de que dicha disponibilidad no fuera suficiente, el IVAP aplicará los criterios de prioridad previstos en la normativa vigente, esto es, se aplicarán los criterios establecidos en el artículo 3 de la Orden de 30 de noviembre de 2005. Asimismo, la formación del personal que no sea financiado por el IVAP por no disponer de saldo en el crédito horario, será financiada por Osakidetza-Servicio vasco de salud mediante la dotación presupuestaria disponible a tal fin. Cuando los recursos económicos fueran insuficientes, Osakidetza-Servicio vasco de salud aplicará los criterios de prioridad establecidos en el punto 3.2 del Plan de Euskera y en la Instrucción del director/a de Recursos Humanos de Osakidetza sobre el procedimiento de selección para los cursos de euskera del año escolar 2013-2014. En la concesión de autorización para la formación lingüística en euskera dentro del horario laboral, las organizaciones de servicios aplicarán los criterios establecidos en el Plan de Euskera de Osakidetza-Servicio vasco de salud y en la

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