BOPV nº 22 · · Medio Ambiente y Política Territorial

RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2008, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada para la actividad de fabricación de pletinas de acero a partir de rollos de alambrón promovida por S. Izaguirre, S.A., en el Término Municipal de Usurbil (Gipuzkoa).

ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 29 de diciembre de 2006 S. Izaguirre, S.A. solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco el otorgamiento de autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, para la actividad de fabricación de pletinas de acero a partir de rollos de alambrón, en el Municipio de Usurbil (Gipuzkoa). La solicitud se acompañaba del Informe Urbanístico favorable del Ayuntamiento de Usurbil de 8 de junio de 2006, y de la siguiente documentación técnica: «Proyecto Básico para la solicitud de la Autorización Ambiental Integrada. S. Izaguirre, S.A.» (diciembre 2006) y «Resumen No Técnico» (diciembre 2006). En el momento de la solicitud de la autorización de referencia, S. Izaguirre, S.A. tenía, entre otras, licencia de actividad, de fecha 5 de diciembre de 1996 y licencia de apertura, de fecha 10 de diciembre de 2002 para la actividad de decapado. La Dirección de Calidad Ambiental con fecha 30 de enero de 2007 solicita informe a diversos órganos con intervención en el procedimiento en orden a que por el Órgano Ambiental se acuerde el trámite de información pública del proyecto, en concreto, se realiza consulta al Ayuntamiento de Usurbil, al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco y a la Mancomunidad de Aguas del Añarbe. Con fechas 27 de marzo de 2007 y 28 de septiembre de 2007, el órgano ambiental requirió al promotor que incorporara documentación adicional, complementándose el expediente el 13 de noviembre de 2007. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 14 de noviembre de 2007, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por S. Izaguirre, S.A., en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ambas con fecha 3 de diciembre de 2007. Igualmente se procede al anuncio pertinente en tres periódicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco con fecha de 2 de diciembre de 2007 y a efectuar la oportuna notificación personal a los vecinos colindantes. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que se ha presentado un escrito de alegaciones que de forma resumida se recoge en el anexo I. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, la Dirección de Calidad Ambiental solicita el 3 de marzo de 2008 informe al Ayuntamiento de Usurbil, al Departamento de Sanidad y al Consorcio de Aguas de Gipuzkoa, así como a la Confederación Hidrográfica del Norte el 6 de marzo de 2008, con el resultado que obra en el expediente. Con fecha 8 de abril de 2008, y en aplicación del artículo 20 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, el co

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