BOPV nº 21 · · Lehendakaritza
RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2012, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se finaliza el expediente de pérdida de vigencia del reconocimiento como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres a la empresa Redox, S.A.
Visto el expediente relativo a Redox, S.A., como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, ANTECEDENTES DE HECHO Primero La Resolución de 9 de octubre de 2009 (BOPV n.º 236, de 9 de diciembre de 2009) de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, otorgó el reconocimiento de Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres a la empresa Redox, S.A., regulado mediante Decreto 424/1994, de 8 de noviembre. Segundo La empresa Redox, S.A., no ha remitido ningún tipo de informe de sus actividades en los últimos años. Tercero Mediante Resolución de 17 de agosto de 2012, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, se inició el expediente de pérdida de vigencia del reconocimiento como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres a la empresa Redox, S.A. Cuarto Esta Resolución ha sido notificada, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Leioa y en el Boletín Oficial del País Vasco del día 24 de octubre de 2012, n.º 207. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero El artículo 6.1 del Decreto 424/1994, de 8 de noviembre, dispone que anualmente la entidad colaboradora debe acreditar que continua realizando acciones dirigidas a la igualdad de oportunidades. Segundo El artículo 6.2 del Decreto 424/1994, establece que si la entidad colaboradora no acreditara su actividad en este campo, el reconocimiento perderá vigencia a todos los efectos. Tercero El artículo 6.3 del mismo Decreto exige que se dé previa audiencia a la entidad colaboradora antes de determinar la perdida de vigencia. En su virtud, RESUELVO : Primero Declarar la pérdida de vigencia del reconocimiento otorgado a favor de la empresa Redox, S.A. como entidad colaboradora en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, por falta de acreditación de la continuación de acciones dirigidas a la igualdad de oportunidades. Segundo Notificar la presente Resolución en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59,5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento al que pertenece el municipio por ser el del último domicilio de la entidad y ordenar su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, para su conocimiento y efectos oportunos. DISPOSICIÓN FINAL La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a contar de