BOPV nº 251 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo

RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2012, de la Directora de Administración y Seguridad Industrial, por la que se actualizan las tarifas aplicables en el ámbito de la Inspección Técnica de Vehículos por los Concesionarios del Servicio para el año 2013.

El Decreto 60/2000, de 4 de abril, modificado por el Decreto 48/2004, de 16 de marzo, determina las funciones de inspección, tramitación y gestión, dentro del ámbito de la seguridad de los vehículos automóviles, que podrán ser asignadas a las entidades concesionarias del servicio de inspección técnica de vehículos. El artículo 7 del citado Decreto 60/2000, de 4 de abril, determina que las tarifas derivadas del servicio de inspección técnica de vehículos, se fijarán mediante las disposiciones de desarrollo del mismo, en relación con lo establecido en la Disposición Final Primera del mismo Decreto. Mediante Orden de 5 de diciembre de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, en su artículo 8, se estableció que la actualización de las tarifas se efectuará anualmente por aplicación de la variación del IPC en base al último índice interanual de octubre. Las tarifas actualizadas se aplicarán a partir del 1 de enero del año siguiente. Así mismo, la Disposición Final de la mencionada Orden de 5 de diciembre, faculta al Director o Directora competente en materia de Administración Industrial para la resolución de cuantas cuestiones pudieran plantearse en la interpretación de dicha Orden y demás normativa de aplicación, así como para dictar las disposiciones de desarrollo que fueran necesarias. La Dirección de Administración y Seguridad Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en el artículo 14, del Decreto 514/2009, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo. Vista la citada legislación y otras disposiciones de general y concordante aplicación, RESUELVO : Primero Actualizar las tarifas publicadas en los anexos I, II y III de la Orden de 5 de diciembre de 2011, según el índice de precios al consumo interanual de octubre de 2012, siendo las tarifas aplicables a partir del 1 de enero de 2013, las que se relacionan en los anexos I, II y III de la presente Resolución. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Industria y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Vitoria-Gasteiz, a 13 de diciembre de 2012. La Directora de Administración y Seguridad Industrial, Yolanda López Fernández. ANEXO I TARIFAS POR INSPECCIONES PERIÓDICAS (Véase el .PDF) Nota: A estas tarifas se añadirán las tasas por anotación del resultado de la inspección técnica de vehículos en el Registro de Vehículos de la Jefatura Central de Tráfico, en los casos en que exista obligación reglamentaria de realizar la citada inspección. ANEXO II TARIFAS POR REFOR

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