BOPV nº 234 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2008, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada para la actividad de producción y comercialización de huevos, promovida por Larrabe Oilotegia, S.A.T. en el término municipal de Gamiz-Fika (Bizkaia).
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 29 de diciembre de 2006 Larrabe Oilotegia, S.A.T. solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la actividad de producción y comercialización de huevos en el municipio de Gamiz-Fika (Bizkaia). La solicitud se acompañaba de la siguiente documentación técnica: Proyecto Técnico. Autorización Ambiental Integrada. Avícola Larrabe Oilotegia, S.A.T. (2006). Resumen no Técnico. Autorización Ambiental Integrada. Avícola Larrabe Oilotegia, S.A.T. (2006). En el momento de la solicitud de la autorización de referencia, Larrabe Oilotegia, S.A.T. tenía, entre otras, Licencia de Actividad de fecha 30 de julio de 1998 y posteriores modificaciones. La citada autorización se concedió para la actividad de producción y comercialización de huevos. Posteriormente se remite informe municipal relativo a la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico de Gamiz-Fika, con fecha 30 de noviembre de 2006. La Dirección de Calidad Ambiental con fecha 30 de enero de 2007 solicita informes a diversos órganos con intervención en el procedimiento en orden a que por el Órgano Ambiental se acuerde el trámite de información pública del proyecto, en concreto, se realiza consulta al Ayuntamiento de Gamiz-Fika y al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco. Con fechas 19 de marzo y 4 de septiembre de 2007, el Órgano Ambiental requirió al promotor que incorporara documentación adicional, completándose el expediente el 6 de noviembre de 2007. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 14 de noviembre de 2007, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Larrabe Oilotegia, S.A.T. en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Boletín Oficial de Bizkaia, ambas con fecha de 3 de diciembre de 2007. Igualmente se procede al anuncio pertinente en dos periódicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco con fecha de 2 de diciembre de 2007 y a efectuar la oportuna notificación personal a los vecinos colindantes. Una vez culminado el trámite de información pública, se constata que no se ha presentado alegación alguna. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, la Dirección de Calidad Ambiental solicita el 14 de enero de 2008 informe al Ayuntamiento de Gamiz-Fika y al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco, con el resultado que obra en el expediente. Con fecha 17 de enero de 2008, y en aplicación del artículo 20 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, el conjunto del expediente es puesto a dispo