BOPV nº 234 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2012, del Director de Energía y Minas, por la que se declara en concreto la Utilidad Pública a los efectos de la ampliación de la faja de servidumbre de la línea eléctrica aérea de 13,2 kV, s/c, Alegia-Alegia, en su tramo entre la STR Alegia y el apoyo 62, en los términos municipales de Alegia y Altzo (Expediente: RI 24005/AT-H-2011-116).
ANTECEDENTES DE HECHO Uno. Con fecha 21 de septiembre de 2011, la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. con domicilio en San Sebastián, P.º Mikeletegi 1-3, solicitó la declaración de utilidad pública de la línea arriba referenciada a los efectos de la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ampliación de servidumbre de la misma y adjuntó el proyecto de dicha ampliación y separatas del mismo. Dos. A los efectos previstos en el artículo 144, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, fue publicado el anuncio, por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en el BOPV, con fecha 06-06-2012, en el BOG, con fecha 17-05-2012 y en El Diario Vasco con fecha 09-05-2012, junto con la relación de bienes y derechos que dicha empresa considera necesario expropiar. Tres. Con fecha 7 de mayo de 2012, se remitió el anuncio a los Ayuntamientos de Alegia y Altzo a fin de que se procediesen a la exposición del mismo en el Tablón de Edictos de dichos ayuntamientos. Anuncio que se reiteró con fecha 15 de junio de 2012, al Ayuntamiento de Altzo. Cuatro. Con fecha 27 de abril de 2012, se remitió separata del proyecto presentado a los Ayuntamientos de Alegia y Altzo solicitándoles su conformidad u oposición a la solicitud y el establecimiento del condicionado técnico procedente, en su caso; solicitudes que se reiteraron con fecha 15 de junio de 2012. Cinco. Con fecha 27 de abril de 2012, se remitió separata del proyecto presentado al Departamento de Movilidad e Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Gipuzkoa, solicitándole su conformidad u oposición a la solicitud y el establecimiento del condicionado técnico procedente, en su caso. Seis. El Ayuntamiento de Alegia y el Departamento de Movilidad e Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Gipuzkoa, emitieron sendos informes favorables y establecieron una serie de condicionados. El Ayuntamiento de Altzo no contestó a la solicitud de conformidad u oposición al proyecto. Siete. Con fecha 4 de septiembre de 2012, se dio traslado a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. de los condicionados presentados por el Ayuntamiento de Alegia y el Departamento de Movilidad e Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Gipuzkoa. A los que la empresa contestó con fecha 5 de octubre de 2012, dando su conformidad a los condicionados establecidos. Ocho. Dentro del período de información pública establecido al efecto, no se presentaron escritos de alegaciones. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Uno. En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Ley de 26 de abril de 1957, de expropiación forzosa, Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, del Gobi